Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Delegación De Competencias. (2023063089)
Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Presidencia del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se delegan determinadas competencias.
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NÚMERO 168
Jueves 31 de agosto de 2023
48671
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2023, de la Presidencia del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se delegan
determinadas competencias. (2023063089)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 21 de julio, se modifican la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se determina que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias de política educativa y formación profesional, las de política
universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.
Por otra parte, el Decreto de la Consejería de Hacienda y Administración Pública 77/2023,
de 21 de julio, establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, determinando el número, denominación y competencias de los
órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta de Extremadura y sus distintas
Consejerías y se adscribe a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, entre
otros, el Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.
El artículo 13.1 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la
Junta de Extremadura, modificado por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de
mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil
de los servicios públicos, establece que el Ente Público Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios contará con los siguientes órganos:
“— El Presidente/a, cuyo cargo será ejercido por la persona titular de la Consejería u órgano al que figure adscrito el mismo y que ostentará la representación legal del ente.
—E
l Director/a General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, será nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
a propuesta del titular de la consejería u órgano al que se encuentre adscrito. Le corresponden las competencias de programación, dirección, gestión, evaluación interna
y control de la organización y actividades del ente público.
— Los órganos y unidades administrativas que determinen sus estatutos”.
Por Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20 de julio, se ha procedido al nombramiento de
la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE núm. 140, de 21 de julio).
Mediante Decreto 219/2023, de 23 de agosto, ha sido nombrado el Director General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios (DOE núm.164, de 25 de agosto
de 2023).
Jueves 31 de agosto de 2023
48671
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2023, de la Presidencia del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se delegan
determinadas competencias. (2023063089)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 21 de julio, se modifican la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se determina que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias de política educativa y formación profesional, las de política
universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.
Por otra parte, el Decreto de la Consejería de Hacienda y Administración Pública 77/2023,
de 21 de julio, establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, determinando el número, denominación y competencias de los
órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta de Extremadura y sus distintas
Consejerías y se adscribe a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, entre
otros, el Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.
El artículo 13.1 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la
Junta de Extremadura, modificado por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de
mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil
de los servicios públicos, establece que el Ente Público Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios contará con los siguientes órganos:
“— El Presidente/a, cuyo cargo será ejercido por la persona titular de la Consejería u órgano al que figure adscrito el mismo y que ostentará la representación legal del ente.
—E
l Director/a General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, será nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
a propuesta del titular de la consejería u órgano al que se encuentre adscrito. Le corresponden las competencias de programación, dirección, gestión, evaluación interna
y control de la organización y actividades del ente público.
— Los órganos y unidades administrativas que determinen sus estatutos”.
Por Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20 de julio, se ha procedido al nombramiento de
la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE núm. 140, de 21 de julio).
Mediante Decreto 219/2023, de 23 de agosto, ha sido nombrado el Director General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios (DOE núm.164, de 25 de agosto
de 2023).