Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063055)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Ba Glass Spain, SAU, en Villafranca de los Barros".
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NÚMERO 166
Martes 29 de agosto de 2023
48393
Los días de permiso establecidos en los supuestos 2, 5, 6 y 10 se aumentarán en dos cuando
el hecho que los motiva tuviera lugar fuera de la provincia.
21.1. Parejas de hecho.
Todos los casos enumerados en la tabla anterior tendrán igual aplicación, con los mismos
límites y condiciones, a las parejas de hecho debidamente acreditadas. Tal situación se
entenderá probada mediante la presentación del certificado del registro sobre uniones
de hecho. Si éste no existiera, mediante la aportación de una declaración jurada en la
que se manifieste la condición de pareja de hecho de la persona causante del permiso,
acompañada de una certificación de convivencia expedida por al Ayuntamiento correspondiente.
Para acceder al disfrute de tales permisos, las acreditaciones de las parejas de hecho
deberán tener una antigüedad mínima de un año.
21.2. Permiso para la lactancia de un menor.
Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a
una hora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su
voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media
hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la
madre o por el padre en el caso de que ambos trabajen.
En los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho
a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su
jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del
salario.
21.3. Permiso para concurrir a exámenes y cursos de formación.
El trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a
exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen
instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de
un título académico o profesional.
También tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la
asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de
formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
Martes 29 de agosto de 2023
48393
Los días de permiso establecidos en los supuestos 2, 5, 6 y 10 se aumentarán en dos cuando
el hecho que los motiva tuviera lugar fuera de la provincia.
21.1. Parejas de hecho.
Todos los casos enumerados en la tabla anterior tendrán igual aplicación, con los mismos
límites y condiciones, a las parejas de hecho debidamente acreditadas. Tal situación se
entenderá probada mediante la presentación del certificado del registro sobre uniones
de hecho. Si éste no existiera, mediante la aportación de una declaración jurada en la
que se manifieste la condición de pareja de hecho de la persona causante del permiso,
acompañada de una certificación de convivencia expedida por al Ayuntamiento correspondiente.
Para acceder al disfrute de tales permisos, las acreditaciones de las parejas de hecho
deberán tener una antigüedad mínima de un año.
21.2. Permiso para la lactancia de un menor.
Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a
una hora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su
voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media
hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la
madre o por el padre en el caso de que ambos trabajen.
En los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho
a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su
jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del
salario.
21.3. Permiso para concurrir a exámenes y cursos de formación.
El trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a
exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen
instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de
un título académico o profesional.
También tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la
asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de
formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.