Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. Subvenciones. (2023062937)
Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de inversiones con cargo al fondo de mejoras en montes catalogados de utilidad pública de titularidad distinta de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 147
46274
Martes 1 de agosto de 2023
asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental de las actuaciones,
incluidos los estudios de viabilidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 32/2018, de 20 de marzo, por el que se regula el Fondo de Mejoras en montes catalogados de utilidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el régimen de
subvenciones directas para los montes de utilidad pública no autonómicos (DOE n.º 60, de
26 de marzo).
Cuarto. Cuantía.
El importe de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un máximo de
dos millones trescientos dieciséis mil trecientos noventa y ocho euros con veinte céntimos
(2.316.398,20 €), que se financiará con cargo al Fondo de Mejoras, con el proyecto de gasto,
aplicaciones presupuestarias y anualidades siguientes:
Año 2023, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 460.000,00 €.
Año 2024, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 6500.000,00 €.
Año 2025, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 650.000,00 €.
Año 2026, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 556.398,20 €.
El importe máximo de la cuantía objeto de subvención a destinar a cada uno de los montes
catalogados es el establecido en el anexo I de la resolución.
El importe subvencionable será del 100% de los costes subvencionables de la inversión
solicitada.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un año, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la presente resolución y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Solo se podrá formular como máximo una solicitud por convocatoria y monte.
Mérida, 7 de julio de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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Martes 1 de agosto de 2023
asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental de las actuaciones,
incluidos los estudios de viabilidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 32/2018, de 20 de marzo, por el que se regula el Fondo de Mejoras en montes catalogados de utilidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el régimen de
subvenciones directas para los montes de utilidad pública no autonómicos (DOE n.º 60, de
26 de marzo).
Cuarto. Cuantía.
El importe de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un máximo de
dos millones trescientos dieciséis mil trecientos noventa y ocho euros con veinte céntimos
(2.316.398,20 €), que se financiará con cargo al Fondo de Mejoras, con el proyecto de gasto,
aplicaciones presupuestarias y anualidades siguientes:
Año 2023, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 460.000,00 €.
Año 2024, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 6500.000,00 €.
Año 2025, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 650.000,00 €.
Año 2026, proyecto 20170167 de la aplicación presupuestaria 12005000 G/354C/76000
TA35001001 con un importe de 556.398,20 €.
El importe máximo de la cuantía objeto de subvención a destinar a cada uno de los montes
catalogados es el establecido en el anexo I de la resolución.
El importe subvencionable será del 100% de los costes subvencionables de la inversión
solicitada.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un año, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la presente resolución y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Solo se podrá formular como máximo una solicitud por convocatoria y monte.
Mérida, 7 de julio de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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