Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. Subvenciones. (2023062937)
Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de inversiones con cargo al fondo de mejoras en montes catalogados de utilidad pública de titularidad distinta de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 147
Martes 1 de agosto de 2023

46273

EXTRACTO de la Resolución de 7 de julio de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convocan subvenciones para la financiación de inversiones
con cargo al fondo de mejoras en montes catalogados de utilidad pública de
titularidad distinta de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023062937)
BDNS(Identif.):710197
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, conforme al Decreto 32/2018, de 20 de marzo, las entidades titulares de montes de utilidad pública no autonómicos que cuenten con
ingresos al fondo de mejoras procedentes de dichos montes. La relación de estos montes de
utilidad pública y de sus entidades propietarias, así como de los ingresos generados en el
tiempo expresado en el artículo anterior, que incluyen los saldos resultantes de la liquidación
de importes de la anterior convocatoria, figuran en el anexo I.
Segundo. Objeto.
La Resolución se refiere a las subvenciones de concesión directa mediante convocatoria abierta, para inversiones destinadas a la conservación y mejora de los montes de titularidad no
autonómica incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de las provincias de Cáceres y Badajoz.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Obras selvícolas y de conservación y mejoras incluidas en la planificación del monte.
b) La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles al servicio de la gestión del
monte.
c) La compra de nueva maquinaria y equipos hasta el valor de mercado del producto.
d) Servicios de consultoría y asistencia técnica en materia forestal, incluido los costes de
elaboración de planes de gestión forestal, planes de prevención de incendios forestales
o periurbanos u otros instrumentos equivalentes.
e) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a), b) y c),
tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, y honorarios relativos al