Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Policías Locales. Subvenciones. (2023062809)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Secretaría General, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y el equipamiento técnico de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 139
44352
Jueves 20 de julio de 2023
Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de incumplimiento y, en consecuencia,
la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, cuando corresponda, el reintegro de
las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora legalmente establecido desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del
reintegro.
Séptimo. Asimismo en atención a la naturaleza del material y/o equipamiento subvencionado, las entidades locales beneficiarias de dicha subvención no están sujetas a la realización
de ningún tipo de publicidad especifica acerca del carácter público de la subvención otorgada,
conforme al artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y orden de bases reguladoras.
Octavo. La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo
dicha publicación los efectos propios de la notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en el Portal Electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 35, de 26 de marzo), y los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Mérida, 4 de julio de 2023.
La Directora General de Emergencias,
Protección Civil e Interior,
(PD, Resolución 6 de agosto de 2019,
de la Secretaría General,
DOE n.º 154, de 9 de agosto de 2019),
NIEVES VILLAR FRESNO
44352
Jueves 20 de julio de 2023
Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de incumplimiento y, en consecuencia,
la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, cuando corresponda, el reintegro de
las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora legalmente establecido desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del
reintegro.
Séptimo. Asimismo en atención a la naturaleza del material y/o equipamiento subvencionado, las entidades locales beneficiarias de dicha subvención no están sujetas a la realización
de ningún tipo de publicidad especifica acerca del carácter público de la subvención otorgada,
conforme al artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y orden de bases reguladoras.
Octavo. La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo
dicha publicación los efectos propios de la notificación de conformidad con lo establecido en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en el Portal Electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 35, de 26 de marzo), y los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Mérida, 4 de julio de 2023.
La Directora General de Emergencias,
Protección Civil e Interior,
(PD, Resolución 6 de agosto de 2019,
de la Secretaría General,
DOE n.º 154, de 9 de agosto de 2019),
NIEVES VILLAR FRESNO