Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Ferias Y Mercados. Ayudas. (2023050164)
Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 132
Martes 11 de julio de 2023
42977
3. En caso de implementación de la tramitación electrónica del procedimiento de las ayudas,
las comunicaciones deberán obligatoriamente realizarse a través de las plataforma o medios electrónicos que se habiliten al efecto. De implementarse esta modalidad electrónica,
se especificará de forma concreta en cada una de las convocatorias.
Artículo 9. Documentación.
1. Las solicitudes de ayuda (anexo I) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1.1. Para personas físicas:
a) Copia del DNI o NIE del/la titular, vigente.
b) Alta en el Registro Especial de Trabajadores autónomos (RETA), vigente.
1.2. Para personas jurídicas:
a) Copia de la tarjeta NIF actualizada.
b) Copia del poder del/la representante legal que completa la solicitud, vigente.
c) Copia del DNI o NIE del/la representante legal de la empresa, vigente.
1.3. Además de la documentación indicada arriba, las personas solicitantes, tanto físicas
como jurídicas, deberán presentar:
a) Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, vigente en la fecha
de la solicitud.
b) Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, vigente en la fecha
de la solicitud.
c) Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Extremadura, vigente en la fecha de la solicitud.
d) Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades
Económicas.
e) C
opia de aquellas certificaciones u otros documentos que sean exigibles en función
del mercado, acción y sector objetivo al que se dirija la acción, si procede. Esta documentación será concretada en la convocatoria correspondiente.
f) Declaración responsable del anexo II.
Martes 11 de julio de 2023
42977
3. En caso de implementación de la tramitación electrónica del procedimiento de las ayudas,
las comunicaciones deberán obligatoriamente realizarse a través de las plataforma o medios electrónicos que se habiliten al efecto. De implementarse esta modalidad electrónica,
se especificará de forma concreta en cada una de las convocatorias.
Artículo 9. Documentación.
1. Las solicitudes de ayuda (anexo I) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1.1. Para personas físicas:
a) Copia del DNI o NIE del/la titular, vigente.
b) Alta en el Registro Especial de Trabajadores autónomos (RETA), vigente.
1.2. Para personas jurídicas:
a) Copia de la tarjeta NIF actualizada.
b) Copia del poder del/la representante legal que completa la solicitud, vigente.
c) Copia del DNI o NIE del/la representante legal de la empresa, vigente.
1.3. Además de la documentación indicada arriba, las personas solicitantes, tanto físicas
como jurídicas, deberán presentar:
a) Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, vigente en la fecha
de la solicitud.
b) Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, vigente en la fecha
de la solicitud.
c) Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Extremadura, vigente en la fecha de la solicitud.
d) Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades
Económicas.
e) C
opia de aquellas certificaciones u otros documentos que sean exigibles en función
del mercado, acción y sector objetivo al que se dirija la acción, si procede. Esta documentación será concretada en la convocatoria correspondiente.
f) Declaración responsable del anexo II.