Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Ferias Y Mercados. Ayudas. (2023050164)
Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 132
Martes 11 de julio de 2023

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Artículo 8. Solicitudes de ayudas.
1. Toda la información referente a las convocatorias de ayudas, así como los impresos normalizados que figuran en los anexos para las solicitudes de participación estará ubicada en la
página web de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
www.extremaduraavante.es, a partir del día siguiente de su publicación en DOE.
2. La solicitud se formalizará en el impreso normalizado que figura en el anexo I de las presentes bases reguladoras, sin perjuicio de las adaptaciones que, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 16.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, puedan ser efectuadas a través de las correspondientes convocatorias.
La solicitud de participación (anexo I), junto con la documentación exigida, se podrá presentar a través de las siguientes modalidades:
1. Entrega presencial de la documentación en el registro de alguna de las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU:
• Polígono Industrial El Prado c/ Logroño n.º 7 (Semilleros de Empresas). 06800 –
Mérida.



Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

• Sede central:



Avda. José Fernández López, 4. 06800 – Mérida.



Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

En caso de actualizarse el número y/o ubicación de sedes donde poder entregar la documentación se informará en las correspondientes convocatorias.
2. Mediante correo certificado a una de las direcciones arriba indicadas, a través de las oficinas de Correos (únicamente a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA).
Para las solicitudes enviadas por correo certificado donde no esté determinada o resulte
imposible determinar la hora de presentación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se
entenderá entregada como la última de las solicitudes presentadas en este día. Si en un
mismo día se dieran el caso de más de una solicitud donde no resulte posible determinar
la hora de presentación, éstas se ordenarán tomando como referencia el día y hora de
recepción en las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.