Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062591)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 10,32 hectáreas de viñedo y olivar", cuyo promotor es D. Pedro Delgado Ortiz, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1774.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023
42724
tablecidas en aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia
pudiese provocar sobre el patrimonio histórico y arqueológico, el promotor del
proyecto deberá asumir el desarrollo de cuántas acciones encaminadas a la
difusión, divulgación y socialización del conocimiento se consideren oportunas
a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
a partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas
autorizadas. En el caso de implementarse medidas destinadas a tales fines,
éstas aparecerán recogidas en los correspondientes informes de viabilidad
arqueológica emitidos tras la ejecución del programa de medidas preventivas
vinculadas al proyecto en trámite.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
2. S
e realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las
zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior
relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
3. S
e realizará una inspección visual de las obras de construcción y excavación de manera diaria, para asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de
ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de
escape que se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún
otro sistema de escape adecuado.
4. E
n cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. S
i como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación
del cultivo y la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos de materia-
Viernes 7 de julio de 2023
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tablecidas en aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia
pudiese provocar sobre el patrimonio histórico y arqueológico, el promotor del
proyecto deberá asumir el desarrollo de cuántas acciones encaminadas a la
difusión, divulgación y socialización del conocimiento se consideren oportunas
a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
a partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas
autorizadas. En el caso de implementarse medidas destinadas a tales fines,
éstas aparecerán recogidas en los correspondientes informes de viabilidad
arqueológica emitidos tras la ejecución del programa de medidas preventivas
vinculadas al proyecto en trámite.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
2. S
e realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las
zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior
relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
3. S
e realizará una inspección visual de las obras de construcción y excavación de manera diaria, para asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de
ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de
escape que se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún
otro sistema de escape adecuado.
4. E
n cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. S
i como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación
del cultivo y la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos de materia-