Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023062609)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave para entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 129
Jueves 6 de julio de 2023
42140
— D.ª Raquel Gómez Aparicio, Titulada de Grado Medio, especialidad Enfermería, adscrita a la Sección de Programas Asistenciales.
— Suplente: D. ª Eva Paredes Santiago, Titulada de Grado Superior, especialidad Psicología, adscrita de la Sección de Programas Asistenciales.
2.3. Secretaría:
— D.ª Estrella María Parra Valladares, Titulada de Grado Medio, especialidad Técnico en
dministración General, adscrita a la Sección de Gestión de Convenios y Subvenciones, que actuará con voz, pero sin voto.
— Suplente: D. ª María Eulalia Solís García, Jefa de Negociado de Subvenciones y Convenios.
En el caso de ausencia justificada o conflicto de intereses de las personas que componen la Comisión de Valoración, por parte de la Dirección Gerencia se procederá a
nombrar a los sustitutos de los mismos mediante resolución que será publicada en
el DOE.
3. La Comisión de Valoración podrá requerir la asistencia de técnicos responsables de la gestión de los distintos servicios cuando así se estime conveniente.
4. L
a persona titular de la Jefatura de Unidad de Gestión de Programas Asistenciales del
SEPAD, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la
propuesta de resolución, debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del
informe de la Comisión de Valoración.
La concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia en el plazo máximo de tres meses contado a partir del día de la publicación de
la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación
de la resolución expresa legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por
silencio administrativo. Frente a la resolución expresa del procedimiento, que pone fin a
la vía administrativa, la entidad interesada podrá interponer recurso de reposición ante
el Director Gerente del SEPAD en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante
el Juzgado contencioso administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a computar
Jueves 6 de julio de 2023
42140
— D.ª Raquel Gómez Aparicio, Titulada de Grado Medio, especialidad Enfermería, adscrita a la Sección de Programas Asistenciales.
— Suplente: D. ª Eva Paredes Santiago, Titulada de Grado Superior, especialidad Psicología, adscrita de la Sección de Programas Asistenciales.
2.3. Secretaría:
— D.ª Estrella María Parra Valladares, Titulada de Grado Medio, especialidad Técnico en
dministración General, adscrita a la Sección de Gestión de Convenios y Subvenciones, que actuará con voz, pero sin voto.
— Suplente: D. ª María Eulalia Solís García, Jefa de Negociado de Subvenciones y Convenios.
En el caso de ausencia justificada o conflicto de intereses de las personas que componen la Comisión de Valoración, por parte de la Dirección Gerencia se procederá a
nombrar a los sustitutos de los mismos mediante resolución que será publicada en
el DOE.
3. La Comisión de Valoración podrá requerir la asistencia de técnicos responsables de la gestión de los distintos servicios cuando así se estime conveniente.
4. L
a persona titular de la Jefatura de Unidad de Gestión de Programas Asistenciales del
SEPAD, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la
propuesta de resolución, debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del
informe de la Comisión de Valoración.
La concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia en el plazo máximo de tres meses contado a partir del día de la publicación de
la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación
de la resolución expresa legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por
silencio administrativo. Frente a la resolución expresa del procedimiento, que pone fin a
la vía administrativa, la entidad interesada podrá interponer recurso de reposición ante
el Director Gerente del SEPAD en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante
el Juzgado contencioso administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a computar