Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2023062606)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 129
Jueves 6 de julio de 2023
41889
c) Secretario: Mariano Prieto Cano, funcionario de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa. Suplente: Mercedes Cruz Moyano Grajera, funcionaria de la Dirección
General de Innovación e Inclusión Educativa.
2. Funciones.
A la Comisión de Selección le corresponde valorar el proyecto y su defensa, méritos y
requisitos correspondientes al objeto de la presente convocatoria y elevar informe de
valoración al Director General de Innovación e Inclusión Educativa, resolviendo cuantas
cuestiones aparezcan en el desarrollo del proceso de selección.
La Comisión de Selección se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Asesorías especialistas.
La persona que ostenta la Presidencia de la Comisión podrá solicitar a la Dirección General
de Innovación e Inclusión Educativa, la incorporación de Asesorías especialistas con el fin
de colaborar en la valoración y evaluación de los méritos de los candidatos. Estas Asesorías
participarán en las deliberaciones de la Comisión con voz, pero sin voto.
Sexta. Adjudicación de las plazas.
1. Adjudicación de las plazas ofertadas.
a) El orden de adjudicación de las plazas ofertadas vendrá determinado por la puntuación
total obtenida en el procedimiento de selección por los candidatos a cada plaza concreta, así como por las preferencias expresadas en las solicitudes.
b) El criterio preferente de asignación de las Asesorías será el de la mayor puntuación final
en cada plaza del Centro de Profesores y de Recursos por los aspirantes.
c) En caso de que un aspirante obtenga la mayor puntuación en más de una asesoría, se
le asignará la que haya solicitado en primer o sucesivo lugar de preferencia.
2. Resolución de empates.
En el caso de producirse empate en la baremación de los candidatos en alguna de las plazas convocadas, se adjudicará atendiendo sucesivamente al siguiente criterio:
— Mayor puntuación obtenida en la fase primera.
— Mayor puntuación obtenida en la fase segunda.
Jueves 6 de julio de 2023
41889
c) Secretario: Mariano Prieto Cano, funcionario de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa. Suplente: Mercedes Cruz Moyano Grajera, funcionaria de la Dirección
General de Innovación e Inclusión Educativa.
2. Funciones.
A la Comisión de Selección le corresponde valorar el proyecto y su defensa, méritos y
requisitos correspondientes al objeto de la presente convocatoria y elevar informe de
valoración al Director General de Innovación e Inclusión Educativa, resolviendo cuantas
cuestiones aparezcan en el desarrollo del proceso de selección.
La Comisión de Selección se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Asesorías especialistas.
La persona que ostenta la Presidencia de la Comisión podrá solicitar a la Dirección General
de Innovación e Inclusión Educativa, la incorporación de Asesorías especialistas con el fin
de colaborar en la valoración y evaluación de los méritos de los candidatos. Estas Asesorías
participarán en las deliberaciones de la Comisión con voz, pero sin voto.
Sexta. Adjudicación de las plazas.
1. Adjudicación de las plazas ofertadas.
a) El orden de adjudicación de las plazas ofertadas vendrá determinado por la puntuación
total obtenida en el procedimiento de selección por los candidatos a cada plaza concreta, así como por las preferencias expresadas en las solicitudes.
b) El criterio preferente de asignación de las Asesorías será el de la mayor puntuación final
en cada plaza del Centro de Profesores y de Recursos por los aspirantes.
c) En caso de que un aspirante obtenga la mayor puntuación en más de una asesoría, se
le asignará la que haya solicitado en primer o sucesivo lugar de preferencia.
2. Resolución de empates.
En el caso de producirse empate en la baremación de los candidatos en alguna de las plazas convocadas, se adjudicará atendiendo sucesivamente al siguiente criterio:
— Mayor puntuación obtenida en la fase primera.
— Mayor puntuación obtenida en la fase segunda.