Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062571)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 8,0475 ha de olivar y por aspersión de 2,3642 ha de cereales de invierno, a ejecutar en el polígono 34 parcelas 44, 45, 55 y 56", a ubicar en el término municipal de Castuera, cuya promotora es Piensos y Cereales Ruiz, SL. Expte.: IA21/0359.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023
41794
La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Coordinador de los Agentes
del Medio Natural de la zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a
las condiciones técnicas establecidas.
— El incumplimiento de las medidas establecidas en el presente informe podrá ser
constitutivo de infracción administrativa de las previstas en la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— El Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, en cumplimiento
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá exigir la adopción de nuevas medidas preventivas,
protectoras, correctoras o complementarias, al objeto de evitar o minimizar posibles
impactos no detectados ni contemplados en el presente informe.
— Cualquier incidencia ambiental destacada deberá ser comunicada a la autoridad ambiental a la mayor brevedad posible, emitiendo un informe extraordinario con la descripción
de la misma, de las medidas correctoras aplicadas y de los resultados finales observados.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— Al finalizar los trabajos se retirará cualquier material no biodegradable, contaminante
o perjudicial para la fauna, que será almacenado en condiciones adecuadas de higiene y seguridad para entregarlo a un gestor autorizado.
— No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
— Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
— Se realizarán los mínimos movimientos de tierra posibles y se dispondrán las medidas
necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las zanjas
para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y
en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
— Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape que
se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún otro sistema
de escape adecuado.
Miércoles 5 de julio de 2023
41794
La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Coordinador de los Agentes
del Medio Natural de la zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a
las condiciones técnicas establecidas.
— El incumplimiento de las medidas establecidas en el presente informe podrá ser
constitutivo de infracción administrativa de las previstas en la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— El Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, en cumplimiento
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá exigir la adopción de nuevas medidas preventivas,
protectoras, correctoras o complementarias, al objeto de evitar o minimizar posibles
impactos no detectados ni contemplados en el presente informe.
— Cualquier incidencia ambiental destacada deberá ser comunicada a la autoridad ambiental a la mayor brevedad posible, emitiendo un informe extraordinario con la descripción
de la misma, de las medidas correctoras aplicadas y de los resultados finales observados.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— Al finalizar los trabajos se retirará cualquier material no biodegradable, contaminante
o perjudicial para la fauna, que será almacenado en condiciones adecuadas de higiene y seguridad para entregarlo a un gestor autorizado.
— No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
— Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
— Se realizarán los mínimos movimientos de tierra posibles y se dispondrán las medidas
necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las zanjas
para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y
en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
— Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape que
se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún otro sistema
de escape adecuado.