Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062533)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Plasencia destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023
41659
2. L
a financiación podrá aplicarse a aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de las actuaciones del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios para su desarrollo, estén contemplados en el presupuesto del proyecto subvencionado,
se hayan realizado durante el periodo de ejecución y evaluación del 1 de abril de 2023
hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive, y sea efectivamente pagado, durante
el mismo, o dentro del periodo de justificación previsto en la cláusula cuarta.
Asimismo, se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos que no consten inicialmente en el presupuesto del proyecto subvencionado, siempre y cuando reúnan el resto de
requisitos establecidos en la presente cláusula siempre y en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y se autoricen por la Dirección General Servicios
Sociales, Infancia y Familias en los términos previstos en la cláusula octava relativa a la
incorporación de nuevos gastos subvencionables.
3. E
n relación con los gastos de ejecución de la bolsa de actuaciones incorporados al presupuesto, estos se destinarán a cubrir los costes específicos relacionados con el grupo de destinatarios del itinerario objeto de la subvención, que sean estrictamente necesarios para el
desarrollo de dicho itinerario o su evaluación dentro del ámbito de la inserción sociolaboral
y de salud, de acuerdo con los recursos y soluciones individualizadas de tipo administrativo
y de formación para adquisición de carné de conducir, carnés profesionales (TPC, manipulación de alimentos, las relacionadas con la construcción y movimiento de tierras, las
relacionadas con el ámbito del almacenamiento y logística, las relacionadas con el uso de
productos químicos y fitosanitarios y demás necesarias y exigidas por las autoridades para
la inserción sociolaboral), terapia o de salud (sesiones de fisioterapia, terapia psicológica,
sesiones individualizadas o grupales de nutrición, cocina saludable, senderismo, higiene
bucodental, técnicas de relajación y demás relacionados con la salud), así como cualquier
otro recurso o solución individualizada que comprenda la bolsa de actuaciones diseñada
y elaborada por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de común
acuerdo con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
Sólo se considerarán subvencionables aquellos gastos en concepto de recursos y soluciones
individualizadas que estén comprendidos en la bolsa de actuaciones y que, según propuesta de acción individualizada del grupo interdisciplinar, sean aprobados por la Comisión Paritaria, previo análisis del informe de diseño del itinerario o del plan vital de inclusión social
integral, de acuerdo con el Convenio de 27 de enero de 2022 y en la cláusula segunda del
presente convenio.
Miércoles 5 de julio de 2023
41659
2. L
a financiación podrá aplicarse a aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de las actuaciones del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios para su desarrollo, estén contemplados en el presupuesto del proyecto subvencionado,
se hayan realizado durante el periodo de ejecución y evaluación del 1 de abril de 2023
hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive, y sea efectivamente pagado, durante
el mismo, o dentro del periodo de justificación previsto en la cláusula cuarta.
Asimismo, se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos que no consten inicialmente en el presupuesto del proyecto subvencionado, siempre y cuando reúnan el resto de
requisitos establecidos en la presente cláusula siempre y en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y se autoricen por la Dirección General Servicios
Sociales, Infancia y Familias en los términos previstos en la cláusula octava relativa a la
incorporación de nuevos gastos subvencionables.
3. E
n relación con los gastos de ejecución de la bolsa de actuaciones incorporados al presupuesto, estos se destinarán a cubrir los costes específicos relacionados con el grupo de destinatarios del itinerario objeto de la subvención, que sean estrictamente necesarios para el
desarrollo de dicho itinerario o su evaluación dentro del ámbito de la inserción sociolaboral
y de salud, de acuerdo con los recursos y soluciones individualizadas de tipo administrativo
y de formación para adquisición de carné de conducir, carnés profesionales (TPC, manipulación de alimentos, las relacionadas con la construcción y movimiento de tierras, las
relacionadas con el ámbito del almacenamiento y logística, las relacionadas con el uso de
productos químicos y fitosanitarios y demás necesarias y exigidas por las autoridades para
la inserción sociolaboral), terapia o de salud (sesiones de fisioterapia, terapia psicológica,
sesiones individualizadas o grupales de nutrición, cocina saludable, senderismo, higiene
bucodental, técnicas de relajación y demás relacionados con la salud), así como cualquier
otro recurso o solución individualizada que comprenda la bolsa de actuaciones diseñada
y elaborada por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de común
acuerdo con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
Sólo se considerarán subvencionables aquellos gastos en concepto de recursos y soluciones
individualizadas que estén comprendidos en la bolsa de actuaciones y que, según propuesta de acción individualizada del grupo interdisciplinar, sean aprobados por la Comisión Paritaria, previo análisis del informe de diseño del itinerario o del plan vital de inclusión social
integral, de acuerdo con el Convenio de 27 de enero de 2022 y en la cláusula segunda del
presente convenio.