Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062533)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Plasencia destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023
41654
f) Comunicar y certificar, en la forma y con la periodicidad que sea indicada por la Dirección
General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la evolución periódica de los datos
que permiten el cumplimiento de los hitos y objetivos correspondientes.
g) Comunicar a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección
General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la modificación de las circunstancias
que hubieren fundamentado la concesión de la subvención en los términos previstos en
la cláusula octava.
h) C
ontar con certificado negativo de delitos sexuales del Registro Central de Delincuentes
Sexuales de aquellos profesionales y voluntarios para las actividades del proyecto objeto de subvención relacionadas con menores, conforme exigen el artículo 57 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia y artículo 13.2 y 3 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.
Las consecuencias del incumplimiento de esta obligación son las previstas en artículo 58 de
la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.
2. C
áritas Diocesana de Plasencia deberá rendir justificación ante el órgano gestor de la subvención del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos
de la subvención, conforme se prevé en la cláusula cuarta.
3. E
n relación con los datos e indicadores disponibles en las bases de datos necesarios para el
diseño, seguimiento y evaluación de los itinerarios de inclusión social que son objeto de la
subvención, referidos en la cláusula sexta del citado Convenio de 27 de enero de 2022, y
que sean objeto de cesión y tratamiento tendrán carácter de reservados y secretos. Cáritas
Diocesana de Plasencia y la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias se
comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a preservar los derechos de las
personas físicas y jurídicas a las que se refiera la información estableciendo los procedimientos que garanticen su disociación y anonimato en los términos previstos por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo,
de la Función Estadística Pública).
Miércoles 5 de julio de 2023
41654
f) Comunicar y certificar, en la forma y con la periodicidad que sea indicada por la Dirección
General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la evolución periódica de los datos
que permiten el cumplimiento de los hitos y objetivos correspondientes.
g) Comunicar a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección
General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, la modificación de las circunstancias
que hubieren fundamentado la concesión de la subvención en los términos previstos en
la cláusula octava.
h) C
ontar con certificado negativo de delitos sexuales del Registro Central de Delincuentes
Sexuales de aquellos profesionales y voluntarios para las actividades del proyecto objeto de subvención relacionadas con menores, conforme exigen el artículo 57 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia y artículo 13.2 y 3 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.
Las consecuencias del incumplimiento de esta obligación son las previstas en artículo 58 de
la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.
2. C
áritas Diocesana de Plasencia deberá rendir justificación ante el órgano gestor de la subvención del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos
de la subvención, conforme se prevé en la cláusula cuarta.
3. E
n relación con los datos e indicadores disponibles en las bases de datos necesarios para el
diseño, seguimiento y evaluación de los itinerarios de inclusión social que son objeto de la
subvención, referidos en la cláusula sexta del citado Convenio de 27 de enero de 2022, y
que sean objeto de cesión y tratamiento tendrán carácter de reservados y secretos. Cáritas
Diocesana de Plasencia y la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias se
comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a preservar los derechos de las
personas físicas y jurídicas a las que se refiera la información estableciendo los procedimientos que garanticen su disociación y anonimato en los términos previstos por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo,
de la Función Estadística Pública).