Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062531)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

41507

Cáritas Diocesana Mérida-Badajoz y la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia
y Familias se comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a preservar los
derechos de las personas físicas y jurídicas a las que se refiera la información estableciendo
los procedimientos que garanticen su disociación y anonimato en los términos previstos
por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en la Ley 12/1989,
de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.
4. A
 simismo, Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz deberá cumplir con las siguientes
obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
a) Se someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud del
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán significativamente
al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Recabarán, a efectos de auditoría y control del uso de fondos y en formato electrónico,
las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.
d) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de
consecución de cada actuación.
e) A
 plicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses a la hora
de aplicar la subvención recibida a la financiación del proyecto y sus actuaciones. Para
ello, la entidad beneficiaria dispone de los siguientes instrumentos: código de conducta
de Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz
https://www.caritasmeba.es/main-files/uploads/sites/19/2021/10/R-P02-GG-12-C%C3%B3digo-de-conducta-rev-000.pdf y
código de conducta de Cáritas Española
https://canaldedenuncia.caritas.es/assets/pdf/C%C3%B3digo%20Conducta.pdf.