Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062531)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023
41505
5. S
i existen defectos subsanables en la justificación presentada, la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias lo pondrá en conocimiento de Cáritas Diocesana
Mérida-Badajoz, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.
Quinta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
1. C
áritas Diocesana de Mérida-Badajoz, como beneficiaria de la subvención, deberá cumplir
las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el objeto de la subvención en los términos establecidos en el presente convenio
y de acuerdo con las instrucciones que se impartan por el Servicio de Programas Sociales
y Migraciones en aplicación y desarrollo de la misma, así como en el resto de normativa
que se aplique en función de los citados fondos MRR.
b) Aportar los medios personales y materiales necesarios para la ejecución de las
actuaciones objeto de subvención, contando con personal suficiente y debidamente
cualificado, de forma que se garantice la calidad y eficacia de dichas actuaciones. Dicho
personal deberá mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las actuaciones y
no supondrá, en ningún caso, relación laboral entre la Junta de Extremadura, Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, y el personal de Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz
que lleve a cabo la ejecución de las actuaciones que constituyen su objeto.
c) Colaborar e informar en todo momento a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, respecto del
desarrollo y evolución de las actuaciones.
Asimismo, deberá colaborar con el Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y
Migraciones, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social, y con la Comisión Paritaria en los términos previstos en el Convenio de
27 de enero de 2022.
En especial, y en el marco de esta colaboración, la coordinación y el trabajo conjunto
de Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, Cáritas
Diocesana de Plasencia y la Universidad de Extremadura con la Comisión Paritaria será
fundamental para garantizar la efectividad del Plan Vital de Inclusión Social.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación del proyecto
estudio investigación que realice la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través
de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, así como cualesquiera
Miércoles 5 de julio de 2023
41505
5. S
i existen defectos subsanables en la justificación presentada, la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias lo pondrá en conocimiento de Cáritas Diocesana
Mérida-Badajoz, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.
Quinta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
1. C
áritas Diocesana de Mérida-Badajoz, como beneficiaria de la subvención, deberá cumplir
las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el objeto de la subvención en los términos establecidos en el presente convenio
y de acuerdo con las instrucciones que se impartan por el Servicio de Programas Sociales
y Migraciones en aplicación y desarrollo de la misma, así como en el resto de normativa
que se aplique en función de los citados fondos MRR.
b) Aportar los medios personales y materiales necesarios para la ejecución de las
actuaciones objeto de subvención, contando con personal suficiente y debidamente
cualificado, de forma que se garantice la calidad y eficacia de dichas actuaciones. Dicho
personal deberá mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las actuaciones y
no supondrá, en ningún caso, relación laboral entre la Junta de Extremadura, Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, y el personal de Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz
que lleve a cabo la ejecución de las actuaciones que constituyen su objeto.
c) Colaborar e informar en todo momento a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
a través de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, respecto del
desarrollo y evolución de las actuaciones.
Asimismo, deberá colaborar con el Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y
Migraciones, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social, y con la Comisión Paritaria en los términos previstos en el Convenio de
27 de enero de 2022.
En especial, y en el marco de esta colaboración, la coordinación y el trabajo conjunto
de Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, Cáritas
Diocesana de Plasencia y la Universidad de Extremadura con la Comisión Paritaria será
fundamental para garantizar la efectividad del Plan Vital de Inclusión Social.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación del proyecto
estudio investigación que realice la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través
de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, así como cualesquiera