Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062497)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 125
40858
Viernes 30 de junio de 2023
d) el coste de las actividades específicas de promoción y difusión del programa.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda procederá al abono de la compensación
para los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024, de la siguiente forma:
• Se procederá al pago del primer 50 % del importe total de la anualidad de 2021, a la
firma del presente convenio. El 50% restante se abonará una vez justificado el primer
50%.
• Para el resto de las anualidades se abonará el primer 50% en el primer trimestre del año,
una vez justificado el segundo 50% de la anualidad anterior, y el 50% restante cuando se
justifique el primer 50% de esa anualidad. En cualquier caso, la justificación por el total
de cada anualidad se realizará antes del 31 de marzo del año posterior.
El importe de esta compensación económica se imputará a:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 160030000 262A TE 3301 2001 16003 G/262A/22706
Anualidades:
2021
2022
2023
2024
TOTAL.
7.254,00 €
21.762,00 €
45.200,00 €
70.864,00 €
145.080,00 €
Tercera. Efectos de la Adenda.
La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez
y eficacia desde la fecha de su firma por las partes.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda en ejemplar duplicado
y a un solo efecto, en la fecha indicada en la firma digital.
La Consejera de Movilidad, Transporte
El Director Gerente de URVIPEXSA, SA,
y Vivienda,
ANTONIO JAVIER GARCÍA CARRASCO
LEIRE IGLESIAS SANTIAGO
40858
Viernes 30 de junio de 2023
d) el coste de las actividades específicas de promoción y difusión del programa.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda procederá al abono de la compensación
para los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024, de la siguiente forma:
• Se procederá al pago del primer 50 % del importe total de la anualidad de 2021, a la
firma del presente convenio. El 50% restante se abonará una vez justificado el primer
50%.
• Para el resto de las anualidades se abonará el primer 50% en el primer trimestre del año,
una vez justificado el segundo 50% de la anualidad anterior, y el 50% restante cuando se
justifique el primer 50% de esa anualidad. En cualquier caso, la justificación por el total
de cada anualidad se realizará antes del 31 de marzo del año posterior.
El importe de esta compensación económica se imputará a:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 160030000 262A TE 3301 2001 16003 G/262A/22706
Anualidades:
2021
2022
2023
2024
TOTAL.
7.254,00 €
21.762,00 €
45.200,00 €
70.864,00 €
145.080,00 €
Tercera. Efectos de la Adenda.
La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez
y eficacia desde la fecha de su firma por las partes.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda en ejemplar duplicado
y a un solo efecto, en la fecha indicada en la firma digital.
La Consejera de Movilidad, Transporte
El Director Gerente de URVIPEXSA, SA,
y Vivienda,
ANTONIO JAVIER GARCÍA CARRASCO
LEIRE IGLESIAS SANTIAGO