Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062497)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 125

40856

Viernes 30 de junio de 2023

Segundo. La cláusula Séptima del Convenio establecía la compensación económica, que
comprenderá los gastos por la gestión de la tramitación de la justificación de las ayudas concedidas con cargo a este Programa, por un importe equivalente al 3,6 % del importe total
de las ayudas concedidas con cargo a este Programa de ayudas, con un límite máximo de
145.080 euros.
El importe de esta compensación económica se imputaba a: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
160030000 262A TE 3301 2001 16003 G/262A/22706 con el siguiente desglose:
Anualidades:
2021

2022

2023

TOTAL.

7.254,00 €

21.762,00 €

116.064,00 €

145.080,00 €

Tercero. Considerando los plazos de ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda y de
justificación de las mismas establecidos en los resuelvo Décimo tercero y Décimo cuarto de la
Resolución de 24 de mayo de 2021, por la que se convocan las subvenciones del Programa de
ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para 2021, se prevé que en el último trimestre de 2023 se presente la justificación y por tanto se proceda a la comprobación de la misma de un 40% de la
totalidad de los expedientes con Resolución de concesión de la ayuda, estimando que el 60%
de expedientes restantes presente la justificación durante la anualidad de 2024, por lo que se
hace necesario proceder a la redistribución económica de las anualidades entre 2023 y 2024.
Estas modificaciones se efectuarán respetando en todos sus términos los compromisos de
financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el Convenio suscrito, así como
el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.
La Comisión de Seguimiento, en su reunión de fecha 29 de marzo de 2023 acordó como se
recoge en el acta por unanimidad de sus miembros proponer la modificación de la citada
cláusula para redistribuir la dotación económica asignada a 2023 entre las anualidades 2023
y 2024, en base a las necesidades reales de financiación, una vez conocido las resoluciones y
futuras justificaciones de las actuaciones concedidas.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda Modificativa del Convenio suscrito con fecha 8 de julio de 2021, que se regirá por las siguientes: