Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062492)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Fundación Stanpa y el Servicio Extremeño de Salud para la realización del proyecto "Ponte guapa, te sentirás mejor", en el Hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres.
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NÚMERO 125
40811
Viernes 30 de junio de 2023
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN STANPA Y EL
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO
“PONTE GUAPA, TE SENTIRÁS MEJOR”, EN EL HOSPITAL SAN PEDRO DE
ALCÁNTARA DE CÁCERES
17 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Ceciliano Franco Rubio, en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud (en adelante, el SES), en su calidad de Director Gerente de dicho Organismo,
cargo para el que fue nombrado por Decreto 194/2015, de 17 de julio (DOE n.º 87 de 18 de
julio de 2015) , actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del
Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Organismo Autónomo del Servicio Extremeño de Salud (en lo sucesivo “SES”).
Y, de otra parte, Doña M.ª del Val Díez Rodrigálvarez, mayor de edad, con DNI ***8130**,
en nombre y representación de la Fundación Stanpa, con domicilio social en Madrid, Plaza de
Santa Bárbara n.º 3 28004-Madrid y CIF G86464849; actúa en calidad de Directora General
y apoderado de la entidad en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, D. Luis Sanz Rodero, el día 26 de abril de 2012.
Actuando dichas partes en uso de la representación que ostentan y reconociéndose mutuamente la capacidad legal suficiente, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración
en consonancia con la legislación actual vigente, la ley 45/2015 del 14 DE Octubre del Voluntariado en España.
Por ello, ambas partes estiman conveniente suscribir el presente acuerdo de Colaboración,
con arreglo a las siguientes,
EXPONEN
Primero. El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la
salud, correspondiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El mandato constitucional se encuentra contenido en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General
de Sanidad, que incluye, como uno de sus principios generales recogidos en el artículo 6, la
orientación de las actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias a la promoción de
la salud y a la prevención de la enfermedad.
La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, establece la constitución y ordenación
del Sistema Sanitario Público de Extremadura, en el que se integra y articula funcionalmente
40811
Viernes 30 de junio de 2023
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN STANPA Y EL
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO
“PONTE GUAPA, TE SENTIRÁS MEJOR”, EN EL HOSPITAL SAN PEDRO DE
ALCÁNTARA DE CÁCERES
17 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Ceciliano Franco Rubio, en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud (en adelante, el SES), en su calidad de Director Gerente de dicho Organismo,
cargo para el que fue nombrado por Decreto 194/2015, de 17 de julio (DOE n.º 87 de 18 de
julio de 2015) , actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del
Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del
Organismo Autónomo del Servicio Extremeño de Salud (en lo sucesivo “SES”).
Y, de otra parte, Doña M.ª del Val Díez Rodrigálvarez, mayor de edad, con DNI ***8130**,
en nombre y representación de la Fundación Stanpa, con domicilio social en Madrid, Plaza de
Santa Bárbara n.º 3 28004-Madrid y CIF G86464849; actúa en calidad de Directora General
y apoderado de la entidad en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, D. Luis Sanz Rodero, el día 26 de abril de 2012.
Actuando dichas partes en uso de la representación que ostentan y reconociéndose mutuamente la capacidad legal suficiente, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración
en consonancia con la legislación actual vigente, la ley 45/2015 del 14 DE Octubre del Voluntariado en España.
Por ello, ambas partes estiman conveniente suscribir el presente acuerdo de Colaboración,
con arreglo a las siguientes,
EXPONEN
Primero. El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la
salud, correspondiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El mandato constitucional se encuentra contenido en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General
de Sanidad, que incluye, como uno de sus principios generales recogidos en el artículo 6, la
orientación de las actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias a la promoción de
la salud y a la prevención de la enfermedad.
La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, establece la constitución y ordenación
del Sistema Sanitario Público de Extremadura, en el que se integra y articula funcionalmente