Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062487)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la integración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia a través del número telefónico 112.
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NÚMERO 124
Jueves 29 de junio de 2023
40580
de comunicaciones de emergencia utilizando el número único europeo de emergencia “112” y
cualquier número nacional de emergencia especificado por los Estados miembros.
Asimismo señala que los Estados miembros promoverán el acceso a los servicios de emergencia a través del número único europeo de emergencia “112” desde redes de comunicaciones
electrónicas que no sean accesibles al público, pero que permitan realizar llamadas a redes
públicas, en concreto cuando la empresa responsable de dicha red no proporcione un acceso
alternativo y sencillo a un servicio de emergencia.
La introducción de este servicio público tiene como finalidad que los ciudadanos de los Estados miembros y, en general, quienes se encuentren en ellos, puedan disponer de un número
de teléfono único de urgencia que les permita requerir asistencia o auxilio ante cualquier
situación de emergencia, facilitando, al mismo tiempo, la coordinación de la actuación de los
servicios que han de intervenir, en razón al marco competencial asignado.
Segundo. A fin de dar cumplimiento a la normativa europea vigente en aquel momento, el
Gobierno de la Nación aprobó, conforme a lo dispuesto en la Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 29 de julio de 1991, el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por
el que se regula el acceso mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de
llamadas de urgencia a través del número telefónico 112.
Mediante este servicio, los ciudadanos requieren, en los casos de urgente necesidad, la asistencia de los servicios públicos, entre otros, en materia de seguridad ciudadana, de extinción
de incendios y salvamento y de protección civil, cualquiera que sea la Administración de la
que dependan.
Tercero. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia de las autoridades del Ministerio del Interior, tiene como misión proteger el libre ejercicio de derechos y
libertades y garantizar la Seguridad Ciudadana, mediante el desempeño de las competencias
establecidas en la ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
El Ministerio del Interior, en ejercicio de las competencias establecidas por el Real Decreto
734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, considera necesario establecer los sistemas y mecanismos que garanticen la
participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la puesta en aplicación y
desarrollo del número telefónico 112, con la finalidad de dar una respuesta rápida y eficaz a
las demandas formuladas por los ciudadanos, en situaciones de emergencia y en el ámbito
competencial atribuido a aquellos por el marco constitucional.
Jueves 29 de junio de 2023
40580
de comunicaciones de emergencia utilizando el número único europeo de emergencia “112” y
cualquier número nacional de emergencia especificado por los Estados miembros.
Asimismo señala que los Estados miembros promoverán el acceso a los servicios de emergencia a través del número único europeo de emergencia “112” desde redes de comunicaciones
electrónicas que no sean accesibles al público, pero que permitan realizar llamadas a redes
públicas, en concreto cuando la empresa responsable de dicha red no proporcione un acceso
alternativo y sencillo a un servicio de emergencia.
La introducción de este servicio público tiene como finalidad que los ciudadanos de los Estados miembros y, en general, quienes se encuentren en ellos, puedan disponer de un número
de teléfono único de urgencia que les permita requerir asistencia o auxilio ante cualquier
situación de emergencia, facilitando, al mismo tiempo, la coordinación de la actuación de los
servicios que han de intervenir, en razón al marco competencial asignado.
Segundo. A fin de dar cumplimiento a la normativa europea vigente en aquel momento, el
Gobierno de la Nación aprobó, conforme a lo dispuesto en la Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 29 de julio de 1991, el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por
el que se regula el acceso mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de
llamadas de urgencia a través del número telefónico 112.
Mediante este servicio, los ciudadanos requieren, en los casos de urgente necesidad, la asistencia de los servicios públicos, entre otros, en materia de seguridad ciudadana, de extinción
de incendios y salvamento y de protección civil, cualquiera que sea la Administración de la
que dependan.
Tercero. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia de las autoridades del Ministerio del Interior, tiene como misión proteger el libre ejercicio de derechos y
libertades y garantizar la Seguridad Ciudadana, mediante el desempeño de las competencias
establecidas en la ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
El Ministerio del Interior, en ejercicio de las competencias establecidas por el Real Decreto
734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, considera necesario establecer los sistemas y mecanismos que garanticen la
participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la puesta en aplicación y
desarrollo del número telefónico 112, con la finalidad de dar una respuesta rápida y eficaz a
las demandas formuladas por los ciudadanos, en situaciones de emergencia y en el ámbito
competencial atribuido a aquellos por el marco constitucional.