Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062355)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios la Serena para la gestión de los yacimientos de "Cancho Roano" e "Hijovejo".
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NÚMERO 124
Jueves 29 de junio de 2023

40562

La Mancomunidad deberá presentar esta documentación justificativa con fecha anterior
al 30 de noviembre de 2023.
La Mancomunidad está exenta de la obligación de constituir garantía por los citados pagos
anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
2. L
 os gastos y pagos realizados por la Mancomunidad en la gestión de los yacimientos se
justificará mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de la
secretaría-intervención o intervención de la Mancomunidad con indicación expresa de los
gastos y pagos que han sido realizados en concepto de personal.
Los documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por la Mancomunidad con
cargo al presente convenio deberán ser custodiados por esta entidad local, como mínimo,
hasta el año 2028, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control,
pudiendo ser solicitados, en cualquier momento, por la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus competencias de control del gasto público.
La justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a cantidad igual o superior
al 100% de la financiación del convenio deberá presentarse a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive. En el caso de que el gasto total
ejecutado fuera inferior al previsto en el Convenio, las cuantías a aportar se minorarán
proporcionalmente por cada una de las partes.
Con la justificación de gastos y pagos final, deberá presentarse, además, una memoria técnica de evaluación del funcionamiento de la gestión de explotación de los dos yacimientos.
Quinta. Del personal que presta el servicio de gestión
El personal que ofrezca la prestación del servicio estará vinculado jurídicamente a la Mancomunidad, ya sea en condición de funcionario o contratado en régimen de derecho laboral, según proceda. La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes será ajena a todo tipo de relación
funcionarial o laboral con el citado personal.
Cuando dentro del periodo de vigencia del convenio el personal de la prestación cause baja
o sea necesario el incrementar el número de profesionales, la Mancomunidad procederá a la
cobertura del puesto de trabajo en los términos establecidos en la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura, Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa estatal y autonómica
vigente que le sea de aplicación, evitando con ello un vacío en la gestión del servicio.