Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062335)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de actividades de formación de Profesionales Sanitarios en el año 2023.
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NÚMERO 122
Martes 27 de junio de 2023

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expresamente por la Escuela de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria,
no siendo necesario, para ello, proceder a la celebración de adenda o modificación del
contenido del presente convenio cuando la variación suponga una desviación igual o
inferior al 20% del presupuesto total de las actividades de formación.
— La Fundación CCMIJU informará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través
de la Escuela de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria, de nuevas actividades que realice con posterioridad a la fecha de suscripción de este convenio, así como
de la disponibilidad de nuevas plazas libres.
Este deber de información no comprenderá aquellas actividades que desarrolle la Fundación CCMIJU con los Colegios Profesionales de Extremadura del ámbito de las ciencias
de la salud.
2. S
 ometerse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales, Intervención General de la Junta de Extremadura u otros órganos de
control competentes para ello, debiendo aportar cuanta información y documentación le
sea requerida. Para ello, estará obligada a conservar durante un plazo de cuatro años, a
contar desde la finalización de la vigencia de este convenio, toda la información y documentos justificativos del empleo de la cantidad transferida.
En este sentido, la Fundación CCMIJU remitirá información por vía telemática a la Escuela
de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria, con periodicidad trimestral y con
anterioridad al día 15 del mes siguiente al vencido trimestre, de los cursos realizados en el
periodo correspondiente. La misma hará referencia para cada uno de ellos de las siguientes
circunstancias: resumen de los contenidos del curso; participación de alumnos y profesores; valoración del curso por parte de los alumnos; y cualquier otra incidencia a resaltar.
En todo caso la información facilitada deberá respetar y cumplir con lo previsto en la Ley
Orgánica de Protección de Datos.
3. Devolver las cantidades no destinadas a la finalidad de esta transferencia o no justificadas.
Tercera. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 6/2022, de 30 de diciembre,
la forma de pago de la presente transferencia específica deberá ajustarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos,
establece en su artículo 3.2. c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer