Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062337)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud, la Universidad de Extremadura y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del proyecto "Nuevas Actuaciones para la Consolidación del Biobanco del Área de Salud de Badajoz".
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NÚMERO 122
Martes 27 de junio de 2023

40114

Tercera. Financiación.
El desarrollo del proyecto será financiado en su integridad por Fundesalud, comprometiéndose esta Entidad a abonar a la UEX la cantidad de veintisiete mil doscientos setenta y dos euros
con setenta y dos céntimos de euro (27.272,72 euros), más IVA, mediante el ingreso en el
Banco de Santander en la c/c IBAN ES39 0049-6744-45-2216163524, abierta a nombre de la
UEX, que se hará efectiva con arreglo a las siguientes condiciones:
a) A la firma del Convenio:


El 50% total del Trabajo.



Importe: 13.636,36 €, más el IVA correspondiente.

b) A la entrega del informe final:


El 50% total del Trabajo.



Importe: 13.636,36 €, más el IVA correspondiente.

Cuarta. Plazo de vigencia.
El presente Convenio tendrá una duración de un año desde su firma. En cualquier momento
anterior a la finalización de este plazo los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
Quinta. Resultados del Proyecto de Investigación.
En materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven de este convenio se estará
a lo dispuesto en el Real Decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando, aclarando y armonizando las
disposiciones legales vigentes sobre la materia, entendiendo que la proporción en estos derechos, que son el resultado unitario de una obra de colaboración, es igual para ambas partes.
A estos efectos, la difusión o publicación de los resultados de los trabajos, cualquiera que sea
el medio que se utilice para ello, hará constar las instituciones que lo han hecho posible, así
como los autores de dichos trabajos.
En materia de derechos de propiedad industrial que eventualmente se deriven de este convenio se estará a lo dispuesto en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, entendiendo que
los derechos y obligaciones que se deriven corresponderán por partes iguales a las partes.