Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062471)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Hidráulicas, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de una planta para tratamiento de FORS" a ubicar en el polígono 5, parcela 379, paraje "Bonete" del término municipal de Llerena (Badajoz), cuya promotora es la Dirección General de Sostenibilidad. Expte.: IA23/0376.
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NÚMERO 122
Martes 27 de junio de 2023

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37/2001, modificado por el 78/2018), bajo las categorías de “sensible a la alteración
de su hábitat” las dos primeras y “en peligro de extinción” la última. Las nidificaciones
más cercanas se han catalogado al menos a 700m del perímetro de la parcela.


• Área de alimentación de cernícalo primilla (Falco naumanni), especie catalogada como
“sensible a la alteración de su hábitat” en el CREAEx. Procedentes de las múltiples
colonias catalogadas en el entorno, entre ellas las presentes en la ZEPA “Colonias de
Cernícalo Primilla de Llerena”, esta especie emplea este entorno de cultivo de cereal
de secano como cazadero.



• Según la información que consta en el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, en la zona de actuación no se localizan hábitats reconocidos en Directiva 92/43/CEE.
Se informa favorablemente la actividad solicitada, dado que no se prevén afecciones significativas, de manera directa o indirecta, si bien, los posibles efectos negativos deberán ser
corregidos con la aplicación de las medidas correctoras que se describen en este informe.

— Coordinador de Agentes del Medio Natural. Informa que No se aprecian efectos negativos irreversibles para el ser humano, la fauna, flora, suelo, agua, aire, clima y paisaje.
No se tiene constancia que se vean afectados bienes materiales y el patrimonio cultural.


• No se encuentra en ninguno de los espacios incluidos en la Red Natura 2000.



• No afecta a ninguna de las Especies de Fauna Amenazadas o de Flora en peligro de
Extinción incluidas en el Anexo I del Decreto 37/2001, de 6 de marzo.



• No se encuentra dentro de alguno de los montes gestionados por la Dirección General
de Política Forestal (Monte de Utilidad Público, Consorcios, Convenios, COREFEX o
Montes Propios).



• No afecta a ninguna vía pecuaria.

— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe favorable,
en cuanto a la compatibilidad de la actuación.
En el término municipal de Llerena se encuentra actualmente vigente el Plan General
Municipal de Llerena, aprobado definitivamente por Acuerdo de 24 de febrero de 2022,
de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicado en
el DOE n.º 145, de 28 de julio de 2022.
—  Secretaría General de Población y Desarrollo Rural. Servicio de Infraestructuras del
Medio Rural.