Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062471)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Hidráulicas, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de una planta para tratamiento de FORS" a ubicar en el polígono 5, parcela 379, paraje "Bonete" del término municipal de Llerena (Badajoz), cuya promotora es la Dirección General de Sostenibilidad. Expte.: IA23/0376.
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NÚMERO 122
Martes 27 de junio de 2023
40200
realizadas en la misma solera y encauzándolas a arquetas de hormigón con tratamiento
de baldosas antiácidas para evitar que se produzcan filtraciones al terreno. Los lixiviados recogidos se llevarán a fosa séptica de doble pared de polietileno y se conecta a la
red general de saneamiento de Llerena.
No obstante, se dispondrá de medios adecuados para evitar la contaminación en caso
de derrames o escapes accidentales de la maquinaria utilizada en la planta.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo las obras (eliminación de la cobertura vegetal). Estos impactos no
son de una magnitud elevada, principalmente debido al acceso a la parcela a través de
caminos existentes sin afectar a zonas donde no se implanta la planta.
Durante la fase de explotación, el movimiento de los vehículos se producirá sobre superficies pavimentadas. Las áreas no afectadas por la urbanización estarán restauradas
y por tanto no deben producirse nuevos impactos
Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para
mitigar estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio
edáfico.
— Fauna.
Si bien no hay un impacto directo sobre el factor, la actuación puede alterar comportamientos de la fauna a nivel local, tanto durante la construcción como la explotación. No
obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se
considera que este impacto será de carácter moderado.
— Vegetación.
En la parcela donde se construirá la planta de tratamiento de FORS no se encuentra
ningún tipo de hábitat natural de interés comunitario que requiera la designación de
zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a
la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su Anexo I
relativo a tipo de hábitats.
En la actualidad no se desarrolla actividad agrícola y la vegetación existente son pastos
naturales.
Martes 27 de junio de 2023
40200
realizadas en la misma solera y encauzándolas a arquetas de hormigón con tratamiento
de baldosas antiácidas para evitar que se produzcan filtraciones al terreno. Los lixiviados recogidos se llevarán a fosa séptica de doble pared de polietileno y se conecta a la
red general de saneamiento de Llerena.
No obstante, se dispondrá de medios adecuados para evitar la contaminación en caso
de derrames o escapes accidentales de la maquinaria utilizada en la planta.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo las obras (eliminación de la cobertura vegetal). Estos impactos no
son de una magnitud elevada, principalmente debido al acceso a la parcela a través de
caminos existentes sin afectar a zonas donde no se implanta la planta.
Durante la fase de explotación, el movimiento de los vehículos se producirá sobre superficies pavimentadas. Las áreas no afectadas por la urbanización estarán restauradas
y por tanto no deben producirse nuevos impactos
Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para
mitigar estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio
edáfico.
— Fauna.
Si bien no hay un impacto directo sobre el factor, la actuación puede alterar comportamientos de la fauna a nivel local, tanto durante la construcción como la explotación. No
obstante, mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se
considera que este impacto será de carácter moderado.
— Vegetación.
En la parcela donde se construirá la planta de tratamiento de FORS no se encuentra
ningún tipo de hábitat natural de interés comunitario que requiera la designación de
zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a
la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su Anexo I
relativo a tipo de hábitats.
En la actualidad no se desarrolla actividad agrícola y la vegetación existente son pastos
naturales.