Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062451)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 31,85 ha de olivos y almendros en la finca La Torrecilla, sita en el polígono 2 parcela 344 del término municipal de Acehúche", promovido por D. Ramón Álvarez de Toledo Méndez de Builla. Expte.: IA21/0591.
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NÚMERO 121
Lunes 26 de junio de 2023

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— El seguimiento de las medidas preventivas, se realizarán a ritmo de la ejecución de los
trabajos y en los periodos permitidos para ello, solicitando los permisos correspondientes, si proceden, al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
— No se realizarán podas mecanizadas de estos ejemplares ni otras actuaciones que no se
contemplen entre los criterios técnicos del Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por
el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e
Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
— La superficie solicitada cuenta con un arroyo innombrado (parte de la charca de menor
superficie, en el sector de riego número 1 y se dirige al sur). Se recuerda que para
plantar en zona de dominio público hidráulico necesita autorización del organismo de
cuenca (Confederación Hidrográfica del Tajo), en caso de no tenerla, no podrá realizarse
plantación en 5 m desde el cauce, procediendo a su arranque en caso de estar realizada.
— En todo momento deberá estar regulada la explotación del acuífero para que en ningún
caso pueda agotarse o no quede caudal ecológico durante la explotación o una vez finalizada la extracción.
— Los elementos que se utilicen en la construcción de la caseta de riego deberán integrarse en el paisaje y asemejarse a los del entorno. Se evitarán los elementos metálicos y
reflectantes en el exterior de la construcción. Se seguirá el modelo de las construcciones
tradicionales de la comarca.
— El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. Una vez finalizados los
sondeos se deberán restituir los terrenos.
— Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna de la zona, los cuales serán almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su
poder y entregados a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento.
— Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación de
incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la
época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.
— Si durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies