Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062441)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se estima parcialmente la solicitud de modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada a la fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack, SAU, de Almendralejo.
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NÚMERO 120
Viernes 23 de junio de 2023
39843
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se estima parcialmente la solicitud de modificación no sustancial
de la autorización ambiental integrada a la fábrica de envases de cartón
ondulado de Ondupack, SAU, de Almendralejo. (2023062441)
ANTECEDENTES DE HECHOS:
Primero. La fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack, SAU, de Almendralejo (Badajoz) cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de
24 de septiembre de 2014 de la Dirección General de Medio Ambiente y publicada en el DOE
n.º 203, de 22 de octubre. Posteriormente, el complejo industrial ha obtenido alguna modificación no sustancial de la AAI.
Segundo. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 6 de
marzo de 2023, Ondupack, SAU, solicitó modificación no sustancial de la AAI de la fábrica
de cartón ondulada de Almendralejo. La solicitud de modificación no sustancial contempla la
actualización del listado de residuos generados incluidos en la AAI. En concreto, se pretende
incluir en el listado de residuos generados los siguientes residuos:
Primero. Para los lodos de depuradora y de limpieza de instalaciones se pretende incluir el
código LER 03 03 11 relativo a lodos del tratamiento in situ de efluentes, distintos de los
especificados en el código 03 03 10.
Segundo. Para los residuos de tintas se pretende incluir el código LER 08 03 12* relativo a
residuos de tintas que contienen sustancias peligrosas.
Tercero. Para los residuos de tóner de impresión se pretende incluir el código LER 08 03
17* relativo a residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas.
Cuarto. Para la mezcla de envases mixtos se pretende incluir el código LER 15 01 06 relativo a envases mezclados.
Quinto. Para los disolventes no halogenados se pretende incluir el código LER 14 06 03*
relativo a otros disolventes y mezclas de disolventes.
Sexto. Para los aerosoles se pretende incluir el código LER 16 05 04* relativo a gases en
recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas.
Séptimo. Para las baterías de plomo se pretende incluir el código LER 16 06 01* relativo a
baterías de plomo.
Viernes 23 de junio de 2023
39843
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se estima parcialmente la solicitud de modificación no sustancial
de la autorización ambiental integrada a la fábrica de envases de cartón
ondulado de Ondupack, SAU, de Almendralejo. (2023062441)
ANTECEDENTES DE HECHOS:
Primero. La fábrica de envases de cartón ondulado de Ondupack, SAU, de Almendralejo (Badajoz) cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de
24 de septiembre de 2014 de la Dirección General de Medio Ambiente y publicada en el DOE
n.º 203, de 22 de octubre. Posteriormente, el complejo industrial ha obtenido alguna modificación no sustancial de la AAI.
Segundo. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 6 de
marzo de 2023, Ondupack, SAU, solicitó modificación no sustancial de la AAI de la fábrica
de cartón ondulada de Almendralejo. La solicitud de modificación no sustancial contempla la
actualización del listado de residuos generados incluidos en la AAI. En concreto, se pretende
incluir en el listado de residuos generados los siguientes residuos:
Primero. Para los lodos de depuradora y de limpieza de instalaciones se pretende incluir el
código LER 03 03 11 relativo a lodos del tratamiento in situ de efluentes, distintos de los
especificados en el código 03 03 10.
Segundo. Para los residuos de tintas se pretende incluir el código LER 08 03 12* relativo a
residuos de tintas que contienen sustancias peligrosas.
Tercero. Para los residuos de tóner de impresión se pretende incluir el código LER 08 03
17* relativo a residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas.
Cuarto. Para la mezcla de envases mixtos se pretende incluir el código LER 15 01 06 relativo a envases mezclados.
Quinto. Para los disolventes no halogenados se pretende incluir el código LER 14 06 03*
relativo a otros disolventes y mezclas de disolventes.
Sexto. Para los aerosoles se pretende incluir el código LER 16 05 04* relativo a gases en
recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas.
Séptimo. Para las baterías de plomo se pretende incluir el código LER 16 06 01* relativo a
baterías de plomo.