Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062442)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola y concesión de aguas superficiales del río Cubilar para riego de 14,21 ha de olivar", cuyos promotores son D.ª M.ª Ángeles Peña Enciso y D. Ramón Emilio Peña Enciso, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA20/0977.
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NÚMERO 120
Viernes 23 de junio de 2023
39791
altamente antropizado, rodeado de terrenos cultivados de regadíos, aunque linda al
sureste con una zona de encinares. A la parcela se accede por un camino que sale en
el pk 47,7 del camino de servicio del Canal de las Dehesas en dirección al río Cubilar.
La finca tiene una superficie total de 37,4955 ha, de las que se pretende transformar
en riego las 14,21 ha señaladas con una concesión de aguas superficiales, esta superficie se encuentra incluida, como ya se ha dicho, dentro del perímetro de reducción de
riego de la Zona Regable Centro de Extremadura, primera fase (Badajoz-Cáceres), Real
Decreto 585/2014, de 4 de julio (BOE n.º 163, de 5 de julio). La zona de actuación es
completamente llana, en la que la vegetación natural presente más destacable son pies
de encinas dispersos. La toma de aguas en el río Cubilar, hasta llegar a la superficie que
se pretende regar, atraviesa la propia finca por una zona llana y sin vegetación natural
reseñable, salvo la vegetación de ribera donde se ubica la toma de aguas
La red hidrográfica, englobada en la cuenca del río Guadiana, es muy rica, pues no solo
el arroyo Alcornocal atraviesa la zona de actuación, sino también la cercanía del río
Cubilar del que se tomará el agua.
Respecto a los espacios naturales protegidos, la toma de aguas superficiales se encuentra en el lugar de la Red Natura ZEPA “Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta”,
limitando este espacio con la zona de puesta en riego por el norte. Los valores naturales
reseñables en la zona de actuación se indican en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas resumido anteriormente.
La vegetación natural en la zona de puesta en riego, al margen de las herbáceas anuales y alguna vegetación de ribera del arroyo Alcornocal, destaca por la presencia de
pies de encinas dispersos, con un rodal que ocupa el recinto 4 de la parcela en cuestión
y que ha sido excluido de la puesta en riego. Sin embargo, hay presencia de hábitats
naturales de interés comunitario en la misma zona de actuación, de los que destaca
Dehesas perennifolias de Quercus, spp. (cod. 6310), pero también hay presencia de
matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (cod. 5330), zonas subestépicas de
gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (cod. 6220) y estanques temporales
mediterráneos (cod. 3170).
Es de destacar, en cuanto a la presencia de elementos de interés arqueológico o etnográfico en la zona de actuación, que en una parcela colindante a la futura explotación agrícola se encuentra documentado el yacimiento denominado “El Rincón II” (YAC
74860).
3.2.2. Alternativas de ubicación.
El documento ambiental plantea diversas alternativas, incluida la cero o de no actuación
dejando el terreno como tierra arable, que aparte de no ser tampoco la mejor opción
desde el punto de vista ambiental, supondría una escasa rentabilidad de la explotación.
Viernes 23 de junio de 2023
39791
altamente antropizado, rodeado de terrenos cultivados de regadíos, aunque linda al
sureste con una zona de encinares. A la parcela se accede por un camino que sale en
el pk 47,7 del camino de servicio del Canal de las Dehesas en dirección al río Cubilar.
La finca tiene una superficie total de 37,4955 ha, de las que se pretende transformar
en riego las 14,21 ha señaladas con una concesión de aguas superficiales, esta superficie se encuentra incluida, como ya se ha dicho, dentro del perímetro de reducción de
riego de la Zona Regable Centro de Extremadura, primera fase (Badajoz-Cáceres), Real
Decreto 585/2014, de 4 de julio (BOE n.º 163, de 5 de julio). La zona de actuación es
completamente llana, en la que la vegetación natural presente más destacable son pies
de encinas dispersos. La toma de aguas en el río Cubilar, hasta llegar a la superficie que
se pretende regar, atraviesa la propia finca por una zona llana y sin vegetación natural
reseñable, salvo la vegetación de ribera donde se ubica la toma de aguas
La red hidrográfica, englobada en la cuenca del río Guadiana, es muy rica, pues no solo
el arroyo Alcornocal atraviesa la zona de actuación, sino también la cercanía del río
Cubilar del que se tomará el agua.
Respecto a los espacios naturales protegidos, la toma de aguas superficiales se encuentra en el lugar de la Red Natura ZEPA “Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta”,
limitando este espacio con la zona de puesta en riego por el norte. Los valores naturales
reseñables en la zona de actuación se indican en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas resumido anteriormente.
La vegetación natural en la zona de puesta en riego, al margen de las herbáceas anuales y alguna vegetación de ribera del arroyo Alcornocal, destaca por la presencia de
pies de encinas dispersos, con un rodal que ocupa el recinto 4 de la parcela en cuestión
y que ha sido excluido de la puesta en riego. Sin embargo, hay presencia de hábitats
naturales de interés comunitario en la misma zona de actuación, de los que destaca
Dehesas perennifolias de Quercus, spp. (cod. 6310), pero también hay presencia de
matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (cod. 5330), zonas subestépicas de
gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (cod. 6220) y estanques temporales
mediterráneos (cod. 3170).
Es de destacar, en cuanto a la presencia de elementos de interés arqueológico o etnográfico en la zona de actuación, que en una parcela colindante a la futura explotación agrícola se encuentra documentado el yacimiento denominado “El Rincón II” (YAC
74860).
3.2.2. Alternativas de ubicación.
El documento ambiental plantea diversas alternativas, incluida la cero o de no actuación
dejando el terreno como tierra arable, que aparte de no ser tampoco la mejor opción
desde el punto de vista ambiental, supondría una escasa rentabilidad de la explotación.