Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Incendios Forestales. (2023062376)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se hace pública la relación de parcelas catastrales en montes no gestionados por el órgano forestal autonómico, afectadas por el incendio iniciado el día 17 de mayo de 2023 en el término de Pinofranqueado y que se extendió, además, a distintos municipios de la Sierra de Gata, con especies forestales susceptibles de aprovechamiento de madera.
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Viernes 23 de junio de 2023

su intención de hacerlo, al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal con el contenido incluido
en el modelo del anexo III de esta resolución.
En el caso de que se pretenda la corta de ejemplares quemados totalmente de las especies,
castaño (Castanea sativa), encina, alcornoque, rebollo u otras quercíneas (Quercus sp.) o de
otras frondosas autóctonas se requerirá la supervisión previa de un Agente del Medio Natural.
La comunicación previa de la intención de proceder a la corta de arbolado quemado deberá realizarse en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura tomando como base el formulario adjunto
(anexo III) debidamente suscrito. La comunicación se remitirá al Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal a la dirección c/ Arroyo Valhondo,
2;10080 – Cáceres, preferentemente a través de un registro electrónico de las administraciones públicas (SIREX o similar), y se podrá adelantar mediante documento escaneado enviado
a la dirección de correo electrónico: montes.particulares@juntaex.es con el “asunto”: “Corta
de madera quemada incendio Hurdes y Sierra de Gata”.
La corta de madera quemada se sujetará, en todo caso, al condicionado que figura como anexo II de esta resolución, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde
la publicación en el DOE del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por
el que se declara la ZAU, es decir, hasta el día 11 de septiembre de 2023.
A estos efectos, los titulares de las parcelas incendiadas deberán tener en cuenta que la publicación de este anuncio surtirá los mismos efectos que la notificación de la potestad que se les
reconoce, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se podrá consultar el estado de las comunicaciones y obtener más información en las dependencias de la Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, en Mérida (avda. Luis Ramallo, s/n.), y Cáceres (c/ Arroyo Valhondo 2), en los teléfonos 927 00 6105, 927 00 6299 y 927 00 6120, o a través de la dirección
de correo electrónico montes.particulares@juntaex.es.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente
resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el
plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Mérida, 12 de junio de 2023.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO