Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062320)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del "Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar programa de reducción de la brecha digital de género en el ámbito rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género incluida en el componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023".
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NÚMERO 119

39320

Jueves 22 de junio de 2023

Dos. La cláusula cuarta queda redactada de la siguiente manera:
1. E
 l período de ejecución de las actuaciones subvencionables comprenderá desde desde
el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
2. L
 a entidad beneficiaria está sujeta a desarrollar las actuaciones objeto de subvención de
conformidad al plan de actuaciones aprobado por el SEXPE y que consta como ANEXO
al presente convenio.
Tres. Se modifica la cláusula quinta, que queda redactada de la siguiente manera:
La cuantía de la subvención asciende a seis millones ciento treinta ocho mil cuatrocientos setenta y un euros (6.138.471,00 €), con cargo a los créditos autorizados el proyecto de gasto
20220085 “Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el
emprendimiento”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con la siguiente
distribución por aplicaciones presupuestarias y anualidades:
ANUALIDAD

IMPORTE

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2022

4.987.508 €

130080000G/242B/48900 MR07C19I03 20220085

2024

1.150.963 €

130080000G/242B/48000 MR07C19I03 20220085

Dado que el crédito presupuestario al que se imputa la concesión es un crédito autorizado
en el capítulo 4 del presupuesto de gastos ”Transferencias corrientes”, dentro del “Programa
242B, no podrán aplicarse los gastos de distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de
los gastos imputables a dicho crédito conforme a la dispuesto en la Orden TES/897/2021, de
agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para
su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral,
créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución
de proyectos 19 de inversión "Plan Nacional de Competencias Digitales" y "Nuevas Políticas
Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" recogidos en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Cuatro. Se modifican el segundo y tercer párrafo de la letra m) de la cláusula sexta, que
quedan redactados de la siguiente manera:
“En base a lo anterior, deberá atenderse a 1.420 participantes en la anualidad 2022, a
6.019 para la anualidad 2023 y a 4.365 participantes en la anualidad de 2024, considerando como participantes, a aquellas mujeres que completan la especialidad formativa de 40