Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062320)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del "Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar programa de reducción de la brecha digital de género en el ámbito rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género incluida en el componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023".
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NÚMERO 119

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Jueves 22 de junio de 2023

Octavo. La cláusula novena establece los gastos subvencionables, que deberán ser realizados
entre el día 1 de enero de 2022 y el día 31 de diciembre de 2023, especificando los gastos
que no tendrán tal condición.
Noveno. La cláusula décima regula la posibilidad de modificación del convenio, estableciendo
que la modificación del convenio o del Plan de actuaciones presentado por la entidad, que
supongan modificación de las actuaciones que integran la actividad, tanto a nivel cualitativo
como a nivel cuantitativo, alteraciones en los conceptos y cuantía del presupuesto, sin que
implique incremento del mismo, serán acordadas cuando traigan su causa en circunstancias
imprevistas o siempre que se consideren necesarias para el buen fin de la actuación, respetando en todo momento el objeto y finalidad de la subvención y requerirá acuerdo unánime
de los firmantes del presente convenio.
Décimo. La cláusula decimotercera regula la comisión mixta de seguimiento y coordinación
del convenio, a la que se encomienda garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos
en el mismo, realizar su seguimiento y evaluación, facilitar la adecuada coordinación de las
administraciones firmantes, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse.
Undécimo. La cláusula decimoséptima del convenio establece la vigencia del mismo, señalando que entrará en vigor del día 1 de enero de 2022 hasta el día 31 de diciembre de 2023,
que es el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Duodécimo. En el seno de la Comisión mixta de seguimiento y coordinación prevista en la
cláusula decimotercera del citado convenio, se ha analizado el grado de ejecución del programa subvencionado, de acuerdo con la información proporcionada por AUPEX, habiéndose
realizado una revisión de los acuerdos previos, así como de las propuestas realizadas por la
entidad beneficiaria, entre ellas la necesidad de ampliar el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables y la vigencia del convenio hasta 31 de diciembre de 2024 y, conforme
a ello, ajustar los hitos de ejecución, de pago y de justificación de la subvención concedida.
Sobre la base de dichas propuestas, ambas partes consideran necesario realizar las modificaciones en el convenio suscrito el día 23 de diciembre de 2021 y, por todo ello, acuerdan por
unanimidad, suscribir la presente adenda al referido convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto modificar el convenio suscrito el día 23 de diciembre de
2021, entre el Servicio Extremeño Público de empleo y la Asociación de Universidades Popu-