Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062320)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del "Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar programa de reducción de la brecha digital de género en el ámbito rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género incluida en el componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023".
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 119
39317
Jueves 22 de junio de 2023
Tercero. La cláusula cuarta del convenio establece que el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables comprenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre
de 2023.
Cuarto. La cláusula quinta del convenio establece que la cuantía de la subvención correspondiente a los ejercicios 2022-2023 asciende a seis millones ciento trenta ocho mil cuatrocientos setenta y un euros (6.138.471,00 €), financiada con cargo al crédito autorizado en la
aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48900/ FONDO: MR07C19I03, en el proyecto
de gastos 20220085 “Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para
impulsar el emprendimiento”, con la siguiente distribución por anualidades:
ANUALIDAD
IMPORTE
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
2022
4.987.508 €
130080000G/242B/48900 MR07C19I03 20220085
2023
1.150.963 €
130080000G/242B/48900 MR07C19I03 20220085
Quinto. La cláusula sexta del convenio establece las obligaciones de la entidad beneficiaria,
previendo que deberá atender a 9.591 participantes en la anualidad 2022 y a 2.213 para la
anualidad 2023, considerando como participantes a aquellas mujeres que completen la especialidad formativa de 40 horas específica para este proyecto, integrada por módulos, competencias digitales básicas y competencias digitales.
Según dicha cláusula, el hito de 2022 se podrá flexibilizar en función del grado de ejecución
de la medida en el transcurso de ese año, respetándose siempre el hito final de este programa
fijado en 11.804 mujeres participantes.
Sexto. Según la cláusula séptima, el pago de la subvención concedida a AUPEX se hará efectivo con cargo a la anualidad de 2022, anticipando el 100% de la cantidad subvencionada para
esta anualidad, por importe de 4.987.508 €, y con cargo a la anualidad 2023, con un pago
único por importe de 1.150.963 €, previa presentación de una justificación intermedia por la
totalidad de la cantidad subvencionada en la anualidad 2022.
La cantidad anticipada en la anualidad 2023 está supeditada a la justificación previa de las de
la anualidad anterior, siendo el plazo límite para la presentación de esta justificación intermedia el día 30 de junio de 2023 inclusive.
Séptimo. En la cláusula octava del convenio se regula la justificación de la subvención concedida, estableciendo una justificación intermedia para el segundo pago de dicha subvención,
que deberá presentarse como fecha límite el día 30 de junio de 2023 y una justificación final,
que deberá presentarse como fecha límite el día 31 de marzo de 2024.
39317
Jueves 22 de junio de 2023
Tercero. La cláusula cuarta del convenio establece que el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables comprenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre
de 2023.
Cuarto. La cláusula quinta del convenio establece que la cuantía de la subvención correspondiente a los ejercicios 2022-2023 asciende a seis millones ciento trenta ocho mil cuatrocientos setenta y un euros (6.138.471,00 €), financiada con cargo al crédito autorizado en la
aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48900/ FONDO: MR07C19I03, en el proyecto
de gastos 20220085 “Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para
impulsar el emprendimiento”, con la siguiente distribución por anualidades:
ANUALIDAD
IMPORTE
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
2022
4.987.508 €
130080000G/242B/48900 MR07C19I03 20220085
2023
1.150.963 €
130080000G/242B/48900 MR07C19I03 20220085
Quinto. La cláusula sexta del convenio establece las obligaciones de la entidad beneficiaria,
previendo que deberá atender a 9.591 participantes en la anualidad 2022 y a 2.213 para la
anualidad 2023, considerando como participantes a aquellas mujeres que completen la especialidad formativa de 40 horas específica para este proyecto, integrada por módulos, competencias digitales básicas y competencias digitales.
Según dicha cláusula, el hito de 2022 se podrá flexibilizar en función del grado de ejecución
de la medida en el transcurso de ese año, respetándose siempre el hito final de este programa
fijado en 11.804 mujeres participantes.
Sexto. Según la cláusula séptima, el pago de la subvención concedida a AUPEX se hará efectivo con cargo a la anualidad de 2022, anticipando el 100% de la cantidad subvencionada para
esta anualidad, por importe de 4.987.508 €, y con cargo a la anualidad 2023, con un pago
único por importe de 1.150.963 €, previa presentación de una justificación intermedia por la
totalidad de la cantidad subvencionada en la anualidad 2022.
La cantidad anticipada en la anualidad 2023 está supeditada a la justificación previa de las de
la anualidad anterior, siendo el plazo límite para la presentación de esta justificación intermedia el día 30 de junio de 2023 inclusive.
Séptimo. En la cláusula octava del convenio se regula la justificación de la subvención concedida, estableciendo una justificación intermedia para el segundo pago de dicha subvención,
que deberá presentarse como fecha límite el día 30 de junio de 2023 y una justificación final,
que deberá presentarse como fecha límite el día 31 de marzo de 2024.