Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sanidad Animal. (2023062414)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se declaran áreas de especial incidencia en tuberculosis bovina, así como otras medidas de sanidad animal en tuberculosis caprina, en brucelosis en rumiantes, y en determinados espacios cinegéticos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023

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RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería, por la que se declaran áreas de especial incidencia en tuberculosis
bovina, así como otras medidas de sanidad animal en tuberculosis caprina,
en brucelosis en rumiantes, y en determinados espacios cinegéticos, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023062414)
Los programas nacionales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades de los animales aprobados en España, deben de ser adecuados en algunos aspectos, por las autoridades
competentes de las comunidades autónomas, a la situación epidemiológica de la región, de
acuerdo con determinados criterios sanitarios establecidos en estos programas. En base a estos en Extremadura es necesario declarar áreas de especial incidencia en tuberculosis bovina
y de establecer otras medidas de sanidad respecto de la brucelosis bovina, ovina y caprina,
para lo cual se ponen de manifiesto los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos:
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El Reglamento Delegado (UE) 2020/689, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las
normas de vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con
respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes, establece
las condiciones de obtención y mantenimiento de las calificaciones sanitarias respecto de la
infección por el Complejo Mycobacterium tuberculosis y por la infección por Brucella abortus,
B. melitensis y B. suis.
El Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, establece en su artículo 22 los
movimientos que se permiten desde y hacia explotaciones bovinas en función de su estatus
sanitario, es decir, de su calificación sanitaria, y en su artículo 42 lo mismo para ovinos y caprinos. De su interpretación se deduce que para el movimiento pecuario, y por tanto para la
economía de la explotación, es necesario la consecución y el mantenimiento de los estatutos
sanitarios de mayor nivel, así como la obtención de máximas calificaciones sanitarias a niveles
provinciales y autonómicos.
Las reglamentaciones básicas son adaptadas anualmente a la evolución epidemiológica de
cada enfermedad en todo el ámbito nacional, a través del Comité de Alerta Sanitaria Veterinaria y mediante la publicación de los correspondientes Programas Nacionales de Erradicación, aprobados reglamentariamente para su cofinanciación por la UE y hechos públicos por
el Ministerio de Agricultura.
Respecto a la infección por complejo Mycobacterium tuberculosis en ganado bovino, en el
Programa Nacional de Erradicación de la tuberculosis bovina 2023, se mantienen importantes