Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062432)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para las Industrias de la Madera de la provincia de Cáceres.
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39461
9.º T
areas de verificación consistentes en la comprobación visual y/o mediante
patrones de medición directa ya establecidos de la calidad de los componentes y elementos simples en procesos de montaje y acabado de conjuntos y
subconjuntos limitándose a indicar su adecuación o inadecuación a dichos
patrones.
10.º Trabajos de vigilancia y regulación de máquinas estáticas en desplazamientos de materiales (cintas transportadoras y similares).
11.º Realizar trabajos en máquinas y herramientas preparadas por otro en base
a instrucciones simples y/o croquis sencillos.
12.º Tareas de ajuste de series de productos, montaje elemental de series de
conjuntos elementales, verificado de ensamblaje de productos.
13.º Tareas de transporte y palatización realizadas con elementos mecánicos.
14.º Tareas de operación de equipos, telex o facsímil.
15.º Tareas de grabación de datos en sistemas informáticos.
16.º Conducción de vehículos de manipulación o transporte de materiales que
no precisen para el desarrollo de la función carné de conducir de categoría
especial o autorización administrativa especial.
— Grupo Profesional 7.
•
Criterios Generales:
Estarán incluidos aquellos/as trabajadores/as que realicen tareas que se efectúen
según instrucciones concretas, claramente establecidas con un alto grado de dependencia, que requieran preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no
necesitan de formación específica ni periodo de adaptación.
•
Formación:
Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o Certificado de escolaridad o equivalente. Comprende a título orientativo las categorías que figuran en el Anexo a
este documento.
•
Tareas: Ejemplos:
En este grupo profesional se incluyen a titulo enunciativo todas aquellas actividades que por analogía son equiparables a las siguientes:
Jueves 22 de junio de 2023
39461
9.º T
areas de verificación consistentes en la comprobación visual y/o mediante
patrones de medición directa ya establecidos de la calidad de los componentes y elementos simples en procesos de montaje y acabado de conjuntos y
subconjuntos limitándose a indicar su adecuación o inadecuación a dichos
patrones.
10.º Trabajos de vigilancia y regulación de máquinas estáticas en desplazamientos de materiales (cintas transportadoras y similares).
11.º Realizar trabajos en máquinas y herramientas preparadas por otro en base
a instrucciones simples y/o croquis sencillos.
12.º Tareas de ajuste de series de productos, montaje elemental de series de
conjuntos elementales, verificado de ensamblaje de productos.
13.º Tareas de transporte y palatización realizadas con elementos mecánicos.
14.º Tareas de operación de equipos, telex o facsímil.
15.º Tareas de grabación de datos en sistemas informáticos.
16.º Conducción de vehículos de manipulación o transporte de materiales que
no precisen para el desarrollo de la función carné de conducir de categoría
especial o autorización administrativa especial.
— Grupo Profesional 7.
•
Criterios Generales:
Estarán incluidos aquellos/as trabajadores/as que realicen tareas que se efectúen
según instrucciones concretas, claramente establecidas con un alto grado de dependencia, que requieran preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que no
necesitan de formación específica ni periodo de adaptación.
•
Formación:
Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o Certificado de escolaridad o equivalente. Comprende a título orientativo las categorías que figuran en el Anexo a
este documento.
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Tareas: Ejemplos:
En este grupo profesional se incluyen a titulo enunciativo todas aquellas actividades que por analogía son equiparables a las siguientes: