Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062432)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para las Industrias de la Madera de la provincia de Cáceres.
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NÚMERO 119

39440

Jueves 22 de junio de 2023

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA MADERA
PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES 2020-2024
La Federación de Industria, Construcción y Agro (UGT FICA); CCOO de Construcción y Servicios, y las Federaciones Empresariales Cacereña y Placentina, como organizaciones empresariales más representativa y representantes en la provincia de Cáceres de CEOE y CEPYME, al
no existir organización empresarial sectorial local que cumpla los requisitos de representatividad establecidos en el estatuto de los trabajadores, todo ello de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 87.2 del citado cuerpo legal, manifiestan y acuerdan:
Que, iniciadas las negociaciones encaminadas a la redacción del texto definitivo del Convenio
Colectivo para las Industrias de la Madera de ámbito provincial, éstas han culminado con la
firma de dicho Convenio, de conformidad con el siguiente texto:
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y vigencia
Artículo 1. Ámbito funcional y de aplicación.
El presente Convenio será de aplicación y obligado cumplimiento en todas las Industrias de la
Madera ubicadas en la provincia de Cáceres de los siguientes sectores:
Aprovechamiento y/o explotación de la madera y de las biomasas de madera. Aserrado y
cepillado de la madera. Secado y/o impregnación y/o tratamiento químico de la madera con
agentes conservantes u otras materias. Fabricación de chapas. Fabricación de tableros contrachapados. Fabricación de tableros alistonados y de madera laminada y similares. Fabricación
de tablero de partículas (o aglomerado).Fabricación de tablero de fibras. Fabricación de tableros de virutas (no filamentos) orientadas (OSB). Fabricación de otros tableros (sándwich, LVL,
rechapados, etc.). Fabricación de tabiques con madera y/o productos derivados de la madera.
Fabricación de suelos de madera. Fabricación de estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. Fabricación otras estructuras de madera y piezas de
carpintería y ebanistería destinadas principalmente a la construcción: vigas, viguetas, vigas
maestras, vigas trianguladas, de madera laminada encolada para tejados, prefabricadas y
conectadas por elementos metálicos. Fabricación de edificios prefabricados o sus elementos,
hechos con madera y productos derivados de la madera, fabricación de viviendas móviles bien
sea de entramado ligero o madera maciza. Fabricación de puertas de madera. Fabricación
de ventanas, persianas y sus marcos, contengan o no accesorios metálicos. Fabricación de
otros productos de madera para la construcción (saunas, casetas, etc.).Fabricación de envases y embalajes de madera. Fabricación de cajas, cajitas, jaulas, cilindros, urnas y envases
similares de madera. Fabricación de paletas, cajas paletas y otros paneles de madera para