Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023

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4. El comité de empresa, con la periodicidad que proceda en cada caso, tendrá derecho a:
a. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa, prevista la forma de sociedad por acciones o participaciones, los demás documentos
que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que a éstos.
b. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa así
como los documentos relativos a la terminación de la relación laboral.
c. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.
Asimismo, el comité de empresa tendrá derecho a recibir la copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos
en el plazo de diez días siguientes a que tuvieran lugar.
5. El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la situación y
estructura del empleo en la empresa o en el centro de trabajo, así como a ser informado
trimestralmente sobre la evolución probable del mismo, incluyendo la consulta cuando se
prevean cambios al respecto.
Asimismo, tendrá derecho a ser informado y consultado sobre todas las decisiones de la
empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo
y a los contratos de trabajo en la empresa. Igualmente tendrá derecho a ser informado y
consultado sobre la adopción de eventuales medidas preventivas, especialmente en caso
de riesgo para el empleo.
El comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la ejecución
por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones:


a. L
 as reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales, de aquélla.



b. Las reducciones de jornada.



c. El traslado total o parcial de las instalaciones.



d. L
 os procesos de fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa
que impliquen cualquier incidencia que pueda afectar al volumen de empleo.



e. Los planes de formación profesional en la empresa.