Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119

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Jueves 22 de junio de 2023

CAPÍTULO VI
Formación
Artículo 31. Formación del Personal:
1. Los trabajadores tienen derecho a ver facilitada la realización de estudios para la obtención
de título académicos o profesionales, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesionales.
2. 
Los trabajadores que cursen estudios académicos o de formación y perfeccionamiento
profesional tendrán preferencia para elegir turno de trabajo, en su caso, y de vacaciones
anuales, así como la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia de los
cursos, si ello es posible.
3. L
 a Empresa, directamente o en régimen de concierto con Centros Oficiales, reconocidos,
organizará cursos de capacitación profesional para la adaptación de los trabajadores a las
modificaciones técnicas operadas de los puestos de trabajos, así como cursos de reconversión profesional para asegurar la estabilidad del trabajador en un supuesto de transformación o modificación funcional, dando publicidad de los mismos a través del tablón de
anuncios y en todas las dependencias afectadas.
4. Los trabajadores comprendidos en el ámbito del presente convenio realizarán los cursos
de capacitación profesional o de reciclaje para la adaptación a un nuevo puesto de trabajo.
En estos supuestos el tiempo de asistencia a los cursos se considerará como de trabajo
efectivo.
5. Concesión de las horas necesarias para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, cuando el curso se celebre fuera de la Empresa y el contenido del mismo esté
relacionado directamente con el puesto de trabajo o su carrera profesional en la Empresa.
6. A propuesta de las Organizaciones Sindicales, y para asistencia a cursos de formación sindical, la empresa concederá a los afiliados permisos no retribuidos para asistir a dichos cursos, previa solicitud y justificación, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
CAPÍTULO VII
Prevención de riesgos laborales y salud laboral
Artículo 32. Comité de Seguridad y Salud.
Las competencias y facultades que establece la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, se ejercerán en la Empresa por el Comité de Seguridad y Salud (CSS) integrado por