Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062343)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la entidad Asociación Española contra el Cáncer por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, para la ejecución del "Proyecto de Atención Integral a Mujeres con Cáncer".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39368
Al objeto de esta subvención, la Asociación Española contra el Cáncer (AECC), como beneficiaria de la misma, manifiesta que no incurre en ninguna de las causas de prohibición recogidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercera. Duración del proyecto.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y se extenderá hasta el 31
de diciembre de 2023, sin perjuicio del plazo de presentación de la justificación final previsto
en el apartado 2 de la cláusula Sexta.
Cuarta. Personas beneficiarias del proyecto.
Las personas beneficiarias del proyecto “Atención Integral a Mujeres con Cáncer en Extremadura”, serán todas aquellas mujeres diagnosticadas de cáncer, residentes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y que voluntariamente deseen beneficiarse del proyecto.
Quinta. Financiación.
La financiación del presente convenio asciende a la cuantía total de 166.160,72 € (ciento sesenta y seis mil ciento sesenta euros con setenta y dos céntimos), procedentes de:
— 120.000 euros procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023: Proyecto de Gasto 20230349 “Proyecto de Atención
Integral a Mujeres con Cáncer”, Aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000/
CAG0000001.
— Fondos propios de la AECC: 46.160,72 euros.
Sexta. Forma de pago y justificación.
1. L
a subvención se abonará, en aplicación del artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante pagos anticipados
quedando exenta la entidad de prestación de garantía, de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de treintamil euros (30.000 €), correspondientes al primer
trimestre del importe total de la subvención, a la firma del presente convenio.
— Un segundo pago por importe de treintamil euros (30.000 €), cuando se haya justificado
el importe del primer pago mediante certificación pormenorizada y detallada de gastos
y pagos acompañado de la documentación acreditativa de los mismos.
Jueves 22 de junio de 2023
39368
Al objeto de esta subvención, la Asociación Española contra el Cáncer (AECC), como beneficiaria de la misma, manifiesta que no incurre en ninguna de las causas de prohibición recogidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercera. Duración del proyecto.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y se extenderá hasta el 31
de diciembre de 2023, sin perjuicio del plazo de presentación de la justificación final previsto
en el apartado 2 de la cláusula Sexta.
Cuarta. Personas beneficiarias del proyecto.
Las personas beneficiarias del proyecto “Atención Integral a Mujeres con Cáncer en Extremadura”, serán todas aquellas mujeres diagnosticadas de cáncer, residentes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y que voluntariamente deseen beneficiarse del proyecto.
Quinta. Financiación.
La financiación del presente convenio asciende a la cuantía total de 166.160,72 € (ciento sesenta y seis mil ciento sesenta euros con setenta y dos céntimos), procedentes de:
— 120.000 euros procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023: Proyecto de Gasto 20230349 “Proyecto de Atención
Integral a Mujeres con Cáncer”, Aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000/
CAG0000001.
— Fondos propios de la AECC: 46.160,72 euros.
Sexta. Forma de pago y justificación.
1. L
a subvención se abonará, en aplicación del artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante pagos anticipados
quedando exenta la entidad de prestación de garantía, de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de treintamil euros (30.000 €), correspondientes al primer
trimestre del importe total de la subvención, a la firma del presente convenio.
— Un segundo pago por importe de treintamil euros (30.000 €), cuando se haya justificado
el importe del primer pago mediante certificación pormenorizada y detallada de gastos
y pagos acompañado de la documentación acreditativa de los mismos.