Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062312)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para formalizar la concesión directa de una subvención para financiar la compra e instalación del mobiliario necesario para la nueva Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz, Fase I.
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NÚMERO 118
38972
Miércoles 21 de junio de 2023
Las partes podrán modificar el presente Convenio por unanimidad en cualquier momento. Tal
modificación deberá realizarse por escrito y recogida como Adenda al Convenio.
Décimo tercera. Régimen jurídico e interpretación.
La subvención que se articula en el presente convenio se regirá por las disposiciones contenidas en el mismo, además de lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, así como por la normativa básica contenida en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en lo que le afecte, las restantes
disposiciones de carácter básico del Estado.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que se encuentra sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Los problemas de interpretación o cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la aplicación
del Convenio serán resueltos por la Comisión de Seguimiento y, si ello no fuere posible, las
cuestiones litigiosas serán resueltas de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
El Director General de Política
Universitaria.
JUAN JOSÉ MALDONADO BRIEGAS
El Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura
PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ
SALGUERO
38972
Miércoles 21 de junio de 2023
Las partes podrán modificar el presente Convenio por unanimidad en cualquier momento. Tal
modificación deberá realizarse por escrito y recogida como Adenda al Convenio.
Décimo tercera. Régimen jurídico e interpretación.
La subvención que se articula en el presente convenio se regirá por las disposiciones contenidas en el mismo, además de lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, así como por la normativa básica contenida en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en lo que le afecte, las restantes
disposiciones de carácter básico del Estado.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que se encuentra sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Los problemas de interpretación o cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la aplicación
del Convenio serán resueltos por la Comisión de Seguimiento y, si ello no fuere posible, las
cuestiones litigiosas serán resueltas de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
El Director General de Política
Universitaria.
JUAN JOSÉ MALDONADO BRIEGAS
El Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura
PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ
SALGUERO