Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062313)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos Tic-CDTIC" en el segundo semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023

39005

Extremadura para que puedan llegar a ser más competitivas y aseguren su viabilidad económica y financiera. El objetivo principal del proyecto es, en líneas generales, la realización de
actuaciones de dinamización del Centro Demostrador TIC de Extremadura:
— fortalecer la capacidad productiva y comercializadora de las PYMES y profesionales de
la región que ejercen su actividad en el sector de la tecnología de información y comunicación (TIC).
— estimular la demanda TIC en las PYMES de todos los sectores.
— mejora de la prestación de servicios públicos y la gestión de las administraciones locales, todo ello redundando en la dinamización del sector TIC regional.
Cuarto. La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023, (DOE Extr. núm. 3 de 31 de diciembre), en el
anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 “Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital”, en el servicio 14011 “Dirección General de Agenda Digital” y en el programa 332A
“Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” contempla una transferencia específica
a favor de FEVAL Gestión de Servicios, SLU, para la ejecución del proyecto 4032 Gestión de
Servicios, SLU, desarrollo de proyectos TIC-CDTIC por importe de 75.000 euros para el segundo semestre del ejercicio 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias
específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto
de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la
realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, según el cual,
deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la
que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su
finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control
de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en
todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.