Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062402)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023

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Debido a que la implantación del sistema de clasificación profesional supone una alteración
sustancial de los anteriores métodos de clasificación, que afectan, entre otros, a los aspectos
salariales, será necesario facilitar una adaptación paulatina de los mismos y, en este sentido,
las partes deberán abordar en niveles inferiores su negociación para establecer salario o salarios de grupo, de acuerdo con los criterios establecidos en este Capítulo.
En el caso de discrepancias entre las partes durante la negociación del nuevo sistema de clasificación profesional, las partes podrán pedir la mediación de la Comisión Paritaria del Sector
del Metal. En el supuesto que ya esté implementada dicha clasificación, las discrepancias que
pudieran surgir en la aplicación de la misma, deberán ser resueltas en las comisiones paritarias correspondientes a su ámbito.
Grupos profesionales.
Grupo profesional 1.
Criterios generales.
Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas
técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su
elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.

Formación.
Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes reconocidos
por la empresa, completados con estudios específicos y/o con una dilatada experiencia
profesional consolidada en el ejercicio de su profesión.
Comprende, a título orientativo, las siguientes categorías:
a) Técnicos:


— Licenciados o graduados universitarios.

— 
Arquitectos.
— 
Ingenieros.

Tareas.