Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023062396)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023

39077

tatuto del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres, aprobada por su Asamblea General en
sesión extraordinaria de 23 de octubre de 2021, e informada -favorablemente- por el Consejo
General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales es ajustada al ordenamiento jurídico vigente, adaptándose plenamente a las modificaciones de la
Ley 11/2002, introducidas por la Ley 4/2020, una vez atendidas -e incorporadas- en el texto
modificado acordado por el referido Colegio -al considerarse procedentes por el mismo- todas
aquellas observaciones de adaptación o estructurales formuladas en el anterior Informe de
Legalidad, de fecha 27-10-2022, conforme al tenor de lo expresado en los puntos a), b), e)
y g) del apartado 2.1 del Fundamento de Derecho Segundo del presente informe, resultando
procedente su inscripción en el Registro de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura”.
Noveno. Con fecha 9 de junio de 2023, la Secretaria General de la Consejería de la Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura ha emitido propuesta de resolución
-favorable- a la declaración conforme a la legalidad de la modificación de los Estatutos del
Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres -y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de
diciembre, de Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de
18 de noviembre-, su inscripción -como asiento complementario- en el Registro de Colegios
Profesionales y Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura, y la publicación -en el
Diario Oficial de Extremadura- del texto íntegro de los citados Estatutos del Colegio Oficial de
Trabajo Social de Cáceres.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Normas aplicables.
En el marco de la Constitución Española de 1978, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
que establece en su artículo 9.1.11, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en
materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, y de lo dispuesto
en la legislación básica del Estado en dicha materia, en éste procedimiento es directamente
aplicable la siguiente normativa legal y reglamentaria:
1º. E
 l Real Decreto 59/1995, de 24 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado en materia de Colegios Oficiales o Profesionales.
2º. La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
3º. L
 a Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a la modificación practicada por la Ley
4/2020, de 18 de noviembre.