Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040096)
Decreto 54/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023
38806
con la afectación legal de los ingresos procedentes del Mecanismo para la Recuperación
y Resiliencia, y las obligaciones de información para el seguimiento de los proyectos
financiados a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
i) El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
j) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
k) La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
l) La Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y
de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
m) Orden HFP/55/2023 de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Todo ello sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la
Unión Europea que pudieran resultar de aplicación, particularmente las que se aprueben
en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
12 de febrero de 2021, como del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Dos. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 3 que quedan con el siguiente tenor literal:
“1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en este decreto, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, y conforme a
lo previsto para cada programa de incentivos establecidos en el artículo 5.1 del presente
decreto, cualquiera de los sujetos que se enumeran a continuación. En el anexo I del presente decreto se concretarán los beneficiarios y requisitos que deberán cumplir los mismos
para cada programa de incentivos.
Miércoles 21 de junio de 2023
38806
con la afectación legal de los ingresos procedentes del Mecanismo para la Recuperación
y Resiliencia, y las obligaciones de información para el seguimiento de los proyectos
financiados a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
i) El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
j) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
k) La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
l) La Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y
de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
m) Orden HFP/55/2023 de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Todo ello sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la
Unión Europea que pudieran resultar de aplicación, particularmente las que se aprueben
en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
12 de febrero de 2021, como del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Dos. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 3 que quedan con el siguiente tenor literal:
“1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en este decreto, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, y conforme a
lo previsto para cada programa de incentivos establecidos en el artículo 5.1 del presente
decreto, cualquiera de los sujetos que se enumeran a continuación. En el anexo I del presente decreto se concretarán los beneficiarios y requisitos que deberán cumplir los mismos
para cada programa de incentivos.