Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062309)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud, la Federación Plena Inclusión Extremadura, Novartis Farmacéutica SA y Sandoz Farmacéutica, SA, para la adaptación a lectura fácil de la información relacionada con la salud.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 117
38598
Martes 20 de junio de 2023
Según la Organización Mundial de la Salud, OMS, 3 de cada 10 personas tienen dificultades
de tipo cognitivo. Personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, personas mayores,
extranjeras que aún no manejan el idioma, personas con bajo nivel cultural, niños, etc.
En este marco, la Consejería, el SES, Plena Inclusión, Novartis y Sandoz, son conscientes de
la importancia de contribuir y potenciar la lectura fácil en la información relacionada con la
salud y entienden de su común interés la conveniencia de impulsar lazos de colaboración y
cooperación que contribuyan a este propósito.
Sobre la base de todo lo expuesto, se establecen las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este instrumento de colaboración tiene por objeto la adaptación a lectura fácil de la información relacionada con la salud, siendo el propósito de las actividades que se desarrollen dentro
de este marco, la adecuación de los mensajes dirigidos a las personas más vulnerables en
materia de comunicación, mejorando así la accesibilidad universal y el compromiso con la
sociedad.
Las partes se comprometen a que cualquier actividad que se lleve a cabo como consecuencia
del presente convenio sea realizada con la máxima diligencia y debido respeto a las normas
legales y éticas que pudieren resultar de aplicación (incluido el Código de Buenas Prácticas de
la Industria Farmacéutica y reglamentación de desarrollo vigente en cada momento).
Segunda. Actuaciones a realizar.
En ejecución del presente convenio, atendiendo a las propuestas conjuntas de las partes, y
durante el período de vigencia del mismo, se desarrollarán actuaciones enmarcadas dentro de
una estrategia de acción común que incluirá tres líneas de trabajo. Estas líneas de trabajo, a
su vez, estarán incluidas dentro de las siguientes áreas de acción en las que estarán basadas
las actuaciones que se desarrollarán durante la vigencia convenio:
1. P
romoción de la salud.
2. P
revención de la enfermedad.
3. S
eguridad del Paciente.
4. A
ccesibilidad.
5. A
sistencia sanitaria integral.
38598
Martes 20 de junio de 2023
Según la Organización Mundial de la Salud, OMS, 3 de cada 10 personas tienen dificultades
de tipo cognitivo. Personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, personas mayores,
extranjeras que aún no manejan el idioma, personas con bajo nivel cultural, niños, etc.
En este marco, la Consejería, el SES, Plena Inclusión, Novartis y Sandoz, son conscientes de
la importancia de contribuir y potenciar la lectura fácil en la información relacionada con la
salud y entienden de su común interés la conveniencia de impulsar lazos de colaboración y
cooperación que contribuyan a este propósito.
Sobre la base de todo lo expuesto, se establecen las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este instrumento de colaboración tiene por objeto la adaptación a lectura fácil de la información relacionada con la salud, siendo el propósito de las actividades que se desarrollen dentro
de este marco, la adecuación de los mensajes dirigidos a las personas más vulnerables en
materia de comunicación, mejorando así la accesibilidad universal y el compromiso con la
sociedad.
Las partes se comprometen a que cualquier actividad que se lleve a cabo como consecuencia
del presente convenio sea realizada con la máxima diligencia y debido respeto a las normas
legales y éticas que pudieren resultar de aplicación (incluido el Código de Buenas Prácticas de
la Industria Farmacéutica y reglamentación de desarrollo vigente en cada momento).
Segunda. Actuaciones a realizar.
En ejecución del presente convenio, atendiendo a las propuestas conjuntas de las partes, y
durante el período de vigencia del mismo, se desarrollarán actuaciones enmarcadas dentro de
una estrategia de acción común que incluirá tres líneas de trabajo. Estas líneas de trabajo, a
su vez, estarán incluidas dentro de las siguientes áreas de acción en las que estarán basadas
las actuaciones que se desarrollarán durante la vigencia convenio:
1. P
romoción de la salud.
2. P
revención de la enfermedad.
3. S
eguridad del Paciente.
4. A
ccesibilidad.
5. A
sistencia sanitaria integral.