Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062381)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de centro de clasificación, tipificación, homogeneización y engorde de corderos, cuyo titular es José David Lara Caballero, en el término municipal de Puebla del Maestre.
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NÚMERO 117
Martes 20 de junio de 2023

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Alternativas de la explotación.



— Alternativa cero (descartada): Esta alternativa consiste en la no actuación, es decir,
dejar la parcela como está. Esta alternativa podría tener efectos positivos y también
negativos. Se analizarán a continuación.



Entre los efectos positivos estarían:



— Se reduciría y/o cesaría el impacto ambiental que se genera propiamente por el desarrollo de la construcción (principalmente reducción de gases, olores y generación
de estiércol).



— El impacto visual disminuirá con la nueva construcción.



A priori no se detecta ningún efecto positivo más por la no construcción del cebadero.



En cuanto a los efectos negativos que generaría la no ampliación están los siguientes:



— Disminución de la actividad económica de Puebla del Maestre y su área de influencia
(afectaría a fábricas de pienso, comerciales de productos zoosanitarios, talleres de
reparación, etc.)



— Disminución de puestos de trabajo en la zona.

Viendo la cantidad de factores negativos que tendrían repercusión si no se construyen
las instalaciones, se considera que la Alternativa Cero no es la más conveniente. El que
continúe la actividad, con su ampliación, es positivo para Puebla del Maestre y para
toda la comarca. Desde el punto de vista medioambiental posiblemente lo mejor es no
construir la explotación, pero el impacto se minimizará con todas las medidas preventivas y correctoras que se van a aplicar. Por tanto, se desestima la Alternativa Cero.


Además, se han tenido en cuenta 3 alternativas más:



— La alternativa 1. Consiste en la instalación de la explotación en la ubicación propuesta,
en las parcelas 58 y 20 del polígono 9 de Puebla del Maestre (Badajoz). Esta ubicación
respeta la normativa urbanística, medioambiental a cursos y puntos de agua, así como
favorece la operatividad del trabajo diario por su distancia a los accesos a la finca.



— La alternativa 2. Consiste en ubicar la instalación en una finca distinta a las parcelas
58 y 20 del polígono 9 de Puebla del Maestre (Badajoz). La finca propuesta es de características similares, cumple con la normativa medioambiental y urbanística, pero
es menos apta que la alternativa 1 ya que supondría para el promotor los gastos de