Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023062204)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de las subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 117
38739
Martes 20 de junio de 2023
a) Acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20210292 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación
trabajadores desempleados”
Aplicación presupuestaria
2024
TOTAL
130080000G/242B/47000TE2400800120210292 375.000,00 €
375.000,00 €
750.000,00 €
130080000G/242B/48000TE2400800120210292 125.000,00 €
125.000,00 €
250.000,00 €
500.000,00 €
1.000.000,00 €
TOTAL
2023
500.000,00 €
b) A
cciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20020501 “Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores desempleados”.
Aplicación presupuestaria
2023
2024
TOTAL
130080000G/242B/47000TE2400100220020501
187.500,00 €
187.500,00 €
375.000,00 €
130080000G/242B/48000TE2400100220020501
62.500,00 €
62.500,00 €
125.000,00 €
TOTAL
250.000,00 €
250.000,00 €
500.000,00 €
2. Las cuantías anteriores podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar
las modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias,
por la Consejería de Educación y Empleo se declarará terminado el plazo de vigencia de la
presente convocatoria y efectuar su anuncio en el Diario Oficial de Extremadura (http://
doe.juntaex.es), en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Quinto. Cuantía individualizada de la subvención.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Orden de 27 de marzo de 2023, la
cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnado programado y por el importe del módulo específico establecido para la correspondiente especialidad
formativa, según lo indicado en el anexo I de la presente resolución.
El importe del módulo económico aplicable al módulo de formación complementaria “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03), será el
establecido para la acción formativa en la que se programe.
38739
Martes 20 de junio de 2023
a) Acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20210292 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación
trabajadores desempleados”
Aplicación presupuestaria
2024
TOTAL
130080000G/242B/47000TE2400800120210292 375.000,00 €
375.000,00 €
750.000,00 €
130080000G/242B/48000TE2400800120210292 125.000,00 €
125.000,00 €
250.000,00 €
500.000,00 €
1.000.000,00 €
TOTAL
2023
500.000,00 €
b) A
cciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20020501 “Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores desempleados”.
Aplicación presupuestaria
2023
2024
TOTAL
130080000G/242B/47000TE2400100220020501
187.500,00 €
187.500,00 €
375.000,00 €
130080000G/242B/48000TE2400100220020501
62.500,00 €
62.500,00 €
125.000,00 €
TOTAL
250.000,00 €
250.000,00 €
500.000,00 €
2. Las cuantías anteriores podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar
las modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias,
por la Consejería de Educación y Empleo se declarará terminado el plazo de vigencia de la
presente convocatoria y efectuar su anuncio en el Diario Oficial de Extremadura (http://
doe.juntaex.es), en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Quinto. Cuantía individualizada de la subvención.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Orden de 27 de marzo de 2023, la
cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnado programado y por el importe del módulo específico establecido para la correspondiente especialidad
formativa, según lo indicado en el anexo I de la presente resolución.
El importe del módulo económico aplicable al módulo de formación complementaria “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03), será el
establecido para la acción formativa en la que se programe.