Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023062204)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de las subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 117
Martes 20 de junio de 2023

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3. El órgano competente en la tramitación de este procedimiento, que incluye una actividad
de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos
personales de la persona solicitante, en el caso en que la persona solicitante sea una persona física, o de la persona que ostente la representación legal, en el caso en que la entidad
solicitante sea una persona jurídica, manifestados en el anexo de solicitud de la ayuda, en
virtud de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
4. De conformidad con lo previsto en el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según la redacción dada por el
artículo 33 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de
respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos,
el órgano gestor comprobará de oficio, con carácter previo a la concesión y a los pagos
de las subvenciones, que la persona o entidad beneficiaria se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social y
que no tiene deudas con la Hacienda Autonómica, siempre que conste en el procedimiento
el consentimiento expreso de la persona interesada. De no otorgar dicho consentimiento,
la persona interesada deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán
validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que
reglamentariamente se establezca otro plazo.
5. Junto con las solicitudes deberá presentarse la siguiente documentación:
a) Modelo normalizado de solicitud de concesión de la subvención, establecido en el Anexo
II, que deberá cumplimentarse obligatoriamente en la herramienta informática habilitada al efecto por el Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en la web
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/.
b) En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando
la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su
consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo
de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento
de representación.
c) En el caso de persona jurídica, copia de la escritura pública o documento de constitución
y/o de los estatutos debidamente legalizados e inscritos en el Registro correspondiente,
a no ser que dicho documento ya se halle en poder de la Administración, en cuyo caso