Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062301)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de "Planta de biomasa de 49,9 MWe", cuyo promotor es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38434
Como se ha indicado con anterioridad, una de las modificaciones planteadas respecto al proyecto original consiste en una nueva implantación del proyecto llevándose a cabo una nueva
distribución de los equipos dentro de los mismos límites de batería de la instalación, sin afectar al sistema productivo, tecnología y balance de materia previsto inicialmente.
El promotor del proyecto justifica que esta nueva implantación ha sido específicamente diseñada para la conservación, en la medida de lo posible, tanto del mayor número de encinas
presentes en la parcela donde se ubica el proyecto, como de aquellas encinas consideradas
de mayor interés por su tamaño y edad.
Tras un nuevo recuento de las encinas inventariadas, se concluye que la nueva implantación
implica la afección de 7 pies de encinas no secos adicionales, pero ninguno con diámetro
superior a 60 cm, y sin embargo, permite conservar 5 de los ejemplares de mayor valor ecológico que antes deberían ser talados. Las encinas que se conservan en la planta contarán
con la protección adecuada, para que durante las labores de construcción y funcionamiento
no sufran daños.
Otra de las modificaciones consiste en la sustitución del sistema de depuración de gases de
combustión de forma que se incremente el rendimiento de depuración y se garantice el cumplimiento de los valores límite asociados al foco de combustión.
La tercera de las actuaciones consiste en una modificación del acceso a las instalaciones a
través de la vía EX-116, para facilitar la entrada de camiones a la parcela.
El promotor plantea esta última actuación bajo requerimiento de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Junta de Extremadura, de ejecutar un nuevo acceso directo a la planta, con carriles de aceleración, deceleración y centrales de espera, que resuelva
todas las maniobras posibles, garantizando la seguridad vial.
Analizado el impacto de la modificación en su conjunto (implantación y modificación de la
vía de acceso) sobre la vegetación, se desprende que serán 25 encinas más las que se verán
afectadas por el proyecto modificado con respecto al proyecto original. De estas 25 encinas,
5 de ellas son ejemplares secos, por tanto, serían 20 los ejemplares no secos a cortar adicionales a los autorizados originalmente.
A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para el dictado de la Resolución que ponga fin al procedimiento la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Lunes 19 de junio de 2023
38434
Como se ha indicado con anterioridad, una de las modificaciones planteadas respecto al proyecto original consiste en una nueva implantación del proyecto llevándose a cabo una nueva
distribución de los equipos dentro de los mismos límites de batería de la instalación, sin afectar al sistema productivo, tecnología y balance de materia previsto inicialmente.
El promotor del proyecto justifica que esta nueva implantación ha sido específicamente diseñada para la conservación, en la medida de lo posible, tanto del mayor número de encinas
presentes en la parcela donde se ubica el proyecto, como de aquellas encinas consideradas
de mayor interés por su tamaño y edad.
Tras un nuevo recuento de las encinas inventariadas, se concluye que la nueva implantación
implica la afección de 7 pies de encinas no secos adicionales, pero ninguno con diámetro
superior a 60 cm, y sin embargo, permite conservar 5 de los ejemplares de mayor valor ecológico que antes deberían ser talados. Las encinas que se conservan en la planta contarán
con la protección adecuada, para que durante las labores de construcción y funcionamiento
no sufran daños.
Otra de las modificaciones consiste en la sustitución del sistema de depuración de gases de
combustión de forma que se incremente el rendimiento de depuración y se garantice el cumplimiento de los valores límite asociados al foco de combustión.
La tercera de las actuaciones consiste en una modificación del acceso a las instalaciones a
través de la vía EX-116, para facilitar la entrada de camiones a la parcela.
El promotor plantea esta última actuación bajo requerimiento de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Junta de Extremadura, de ejecutar un nuevo acceso directo a la planta, con carriles de aceleración, deceleración y centrales de espera, que resuelva
todas las maniobras posibles, garantizando la seguridad vial.
Analizado el impacto de la modificación en su conjunto (implantación y modificación de la
vía de acceso) sobre la vegetación, se desprende que serán 25 encinas más las que se verán
afectadas por el proyecto modificado con respecto al proyecto original. De estas 25 encinas,
5 de ellas son ejemplares secos, por tanto, serían 20 los ejemplares no secos a cortar adicionales a los autorizados originalmente.
A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para el dictado de la Resolución que ponga fin al procedimiento la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y