Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062303)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, a través del grupo de investigación ARDOPA, en relación con el proyecto de organización y descripción del archivo de Juan Luis Cebrián.
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NÚMERO 116
38240
Lunes 19 de junio de 2023
EXPONEN:
Primero. El artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece los principios rectores de los
poderes públicos extremeños, incluyendo entre otros, facilitar la participación de todos en la
vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un contexto de libertad, justicia
y solidaridad; considerando un objetivo irrenunciable la masiva difusión de la cultura en su
sentido más amplio y un acceso igualitario de los extremeños a la información y a los bienes
y servicios culturales.
En este sentido, el derecho de participación debe ser un criterio transversal de actuación de
la Administración regional que permita a los ciudadanos y a la sociedad civil opinar, debatir,
argumentar, formular propuestas y colaborar en los asuntos públicos. El fomento de la participación activa contribuye a la mejora e impulso de la cultura democrática de una sociedad,
al tiempo que acerca a los ciudadanos a la gestión de las políticas públicas mediante su implicación en la toma de decisiones, enriqueciendo sus propuestas e iniciativas y generando una
mayor eficacia en la acción política del Gobierno de la Región.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.a) del Estatuto de Autonomía
de Extremadura, corresponde al Presidente de la Junta de Extremadura la coordinación de la
acción de gobierno; y el Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Presidencia, atribuye a ésta, a través de la Secretaría General, el
impulso y coordinación de aquellos asuntos y proyectos que, por afectar a la acción de gobierno desde varias perspectivas, así lo determine el Presidente. Asimismo, corresponde a la
Presidencia de la Junta de Extremadura, la política de comunicación y relaciones informativas
del Gobierno Regional.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura en cualquiera de sus manifestaciones,
patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma (apartado 47); corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes el ejercicio de las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural; en virtud de lo establecido en el Decreto 169/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Tercero. La Universidad de Extremadura es un organismo público de carácter multisectorial
y pluridisciplinario que desarrolla actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico, contemplando entre sus fines el desarrollo social, económico y cultural, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
para lo cual resulta necesaria la colaboración con otras instituciones.
38240
Lunes 19 de junio de 2023
EXPONEN:
Primero. El artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece los principios rectores de los
poderes públicos extremeños, incluyendo entre otros, facilitar la participación de todos en la
vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un contexto de libertad, justicia
y solidaridad; considerando un objetivo irrenunciable la masiva difusión de la cultura en su
sentido más amplio y un acceso igualitario de los extremeños a la información y a los bienes
y servicios culturales.
En este sentido, el derecho de participación debe ser un criterio transversal de actuación de
la Administración regional que permita a los ciudadanos y a la sociedad civil opinar, debatir,
argumentar, formular propuestas y colaborar en los asuntos públicos. El fomento de la participación activa contribuye a la mejora e impulso de la cultura democrática de una sociedad,
al tiempo que acerca a los ciudadanos a la gestión de las políticas públicas mediante su implicación en la toma de decisiones, enriqueciendo sus propuestas e iniciativas y generando una
mayor eficacia en la acción política del Gobierno de la Región.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.a) del Estatuto de Autonomía
de Extremadura, corresponde al Presidente de la Junta de Extremadura la coordinación de la
acción de gobierno; y el Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Presidencia, atribuye a ésta, a través de la Secretaría General, el
impulso y coordinación de aquellos asuntos y proyectos que, por afectar a la acción de gobierno desde varias perspectivas, así lo determine el Presidente. Asimismo, corresponde a la
Presidencia de la Junta de Extremadura, la política de comunicación y relaciones informativas
del Gobierno Regional.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura en cualquiera de sus manifestaciones,
patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma (apartado 47); corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes el ejercicio de las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural; en virtud de lo establecido en el Decreto 169/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Tercero. La Universidad de Extremadura es un organismo público de carácter multisectorial
y pluridisciplinario que desarrolla actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico, contemplando entre sus fines el desarrollo social, económico y cultural, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
para lo cual resulta necesaria la colaboración con otras instituciones.