Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062299)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, al proyecto de explotación porcina en régimen mixto, promovido por Inmoan, SL, en el término municipal de Llerena.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023



38301

— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

La explotación porcina se sitúa, según el informe de la Confederación Hidrográfica
del Guadalquivir, en las proximidades de tres cauces denominados Arroyo de los
Molinos, Arroyo de la Plata y Arroyo de la Hoya, cuyas aguas desembocan finalmente en la masa de agua superficial denominada Río Viar y afluentes aguas arriba del
Embalse del Pintado (cód. ES050MSPF011008001). El estado químico de esta masa
de agua es ‘Bueno’, y respecto al parámetro Nitrógeno el estado es ‘Muy Bueno’, no
observándose masas de agua subterráneas cercanas a la granja.
La actividad solicitada no es susceptible de afectar al sistema hidrológico y calidad
de las aguas si se tienen consideración las medidas correctoras propuestas.


— Geología y suelo.

Los terrenos donde va a asentarse la explotación porcina, son de una topografía ondulada y típico de zonas de sierra, con pendientes variables según las zonas, siendo
las pendientes más comunes entre el 8% y el 18%, existiendo algunas zonas que
pueden llegar al 30%.
La cota de mayor altura son 707 m y la menor de 600 m, las pendientes están dirigidas hacia sur y el oeste, y la exposición dominante es la sur.
La textura del terreno es areno limosa, con elementos groseros en superficie, existiendo afloramientos pizarrosos, según la clasificación de la FAO los terrenos están
clasificadas cambisoles districos, con dominio de las pizarras, cuarcitas y esquistos.


Los usos del suelo en el entorno son dehesa, monte bajo y repoblaciones de eucaliptos

— 
Fauna.
Los valores naturales reconocidos en el anexo I de la Directiva de Aves 2009/147/
CE, en los hábitats y especies de los anexos I y II de la Directiva Hábitats 92/43/
CEE, y en el anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura
(Decreto 37/2001) son:


• Presencia de aves ligadas a este tipo de hábitats como milano real, cigüeña negra, águila imperial, águila culebrera, …, etc., además de otras especies como
sapillo pintojo, galápago europeo, …etc.

No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la fauna si se
tienen en consideración las medidas correctoras propuestas.