Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38085
Este decreto se ajusta a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, lo previsto en este decreto se ajusta al principio de necesidad y eficacia, en tanto se justifica por el interés general al que atienden tanto la existencia
de un tejido empresarial desarrollado y competitivo y capaz de general empleo cualificado,
como la consecución de determinados retos para la sociedad, que en definitiva es el objetivo
que se persigue con los resultados de la investigación que mediante esta norma se fomenta.
Además, el decreto resulta ser el instrumento más adecuado para garantizar la consecución
de estos fines.
En cuanto al principio de proporcionalidad, esta iniciativa contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, ya que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios, respetando
igualmente el principio de seguridad jurídica al adaptarse de manera coherente con el resto
del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, facilitando su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas a
las que afecta. En aplicación del principio de eficiencia, esta iniciativa normativa evita cargas
administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los
recursos públicos.
Además, el presente decreto cumple el principio de transparencia, al posibilitar el acceso sencillo, universal y actualizado a la regulación de las ayudas para la financiación de proyectos de
investigación industrial y desarrollo experimental realizados por empresas en Extremadura, y
durante su elaboración se ha posibilitado que los potenciales destinatarios tengan una participación activa en la misma. Con carácter previo a la elaboración del decreto se ha sustanciado,
de forma unificada en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley autonómico
3/2021, de 3 de marzo, los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar
la opinión y sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran estar interesados, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos
36.f) y 90.2) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Co
munidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su sesión de 24 de mayo de 2023.
Lunes 19 de junio de 2023
38085
Este decreto se ajusta a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, lo previsto en este decreto se ajusta al principio de necesidad y eficacia, en tanto se justifica por el interés general al que atienden tanto la existencia
de un tejido empresarial desarrollado y competitivo y capaz de general empleo cualificado,
como la consecución de determinados retos para la sociedad, que en definitiva es el objetivo
que se persigue con los resultados de la investigación que mediante esta norma se fomenta.
Además, el decreto resulta ser el instrumento más adecuado para garantizar la consecución
de estos fines.
En cuanto al principio de proporcionalidad, esta iniciativa contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, ya que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios, respetando
igualmente el principio de seguridad jurídica al adaptarse de manera coherente con el resto
del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, facilitando su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas a
las que afecta. En aplicación del principio de eficiencia, esta iniciativa normativa evita cargas
administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los
recursos públicos.
Además, el presente decreto cumple el principio de transparencia, al posibilitar el acceso sencillo, universal y actualizado a la regulación de las ayudas para la financiación de proyectos de
investigación industrial y desarrollo experimental realizados por empresas en Extremadura, y
durante su elaboración se ha posibilitado que los potenciales destinatarios tengan una participación activa en la misma. Con carácter previo a la elaboración del decreto se ha sustanciado,
de forma unificada en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley autonómico
3/2021, de 3 de marzo, los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar
la opinión y sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran estar interesados, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos
36.f) y 90.2) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Co
munidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su sesión de 24 de mayo de 2023.